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Uno de los inmigrntes fallecidos hace un año.
La Audiencia Nacional rechaza investigar la tragedia del Tarajal

La Audiencia Nacional rechaza investigar la tragedia del Tarajal

El juez Andreu devuelve el caso al juzgado de Ceuta, justo un año después de que se produjera

Colpisa

Viernes, 6 de febrero 2015, 14:21

El magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado aceptar la inhibición en su favor planteada por el Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta en relación con la causa abierta a raíz de un intento masivo de entrada en territorio español de inmigrantes el 6 de febrero de 2014 en el lugar conocido como El Tarajal.

Al menos quince personas murieron intentando alcanzar a nado la playa ceutí de El Tarajal, mientras la Guardia Civil disparaba pelotas de goma y botes de humo para disuadirles. En el auto, el juez considera que el asunto corresponde al juzgado de Ceuta, si bien ahora el juez de la ciudad autónoma puede plantear conflicto de competencia ante el Tribunal Supremo.

En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, siguiendo el criterio de la Fiscalía, considera una "certeza" que la actuación de la Guardia Civil "se produjo en y desde territorio español" y añade que lo que aún no está acreditado en este momento procesal "es si las muertes de los migrantes se produjeron en España o en Marruecos o en territorios de ambos Reinos".

En cualquier caso, según señala el magistrado, "la competencia seguiría siendo del Juzgado de Ceuta", que cita jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual "cuando la acción y el resultado no tengan lugar dentro de una misma jurisdicción es de aplicación el principio de la ubicuidad, según el cual tanto el lugar de la acción como el lugar del resultado deben ser relevantes" a la hora de establecer de quién es la competencia.

El auto añade que "consecuencia de lo que precede (), cualquiera que sea la postura de la que se parta, ya se hubiere producido el fallecimiento de los inmigrantes en territorio español o en territorio de Marruecos, y aplicando la doctrina apuntada de la ubicuidad, es el mantenimiento de la competencia del Juzgado de Instrucción de Ceuta".

Esta medida se toma "sin perjuicio de la decisión que pueda adoptarse si durante la fase de instrucción surgieran nuevos elementos que desvirtuaran los presupuestos considerados como fundamento de esta resolución, añade el auto.

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