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Canal Motor
Martes, 20 de diciembre 2022, 17:53
El artículo 22 del Reglamento General de Vehículos en España establece que, para que una bicicleta pueda circular por la vía pública, deberá disponer de un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras, un timbre, prohibiéndose el empleo de otro ... aparato acústico distinto de aquél. Además para circular de noche deberán disponer de luz de posición delantera y trasera, catadióptricos traseros, laterales y en los pedales.
Una normativa que no conocen bien los usuarios de este tipo de vehículos, y que además podría limitar la circulación de las bicicletas de moda, las llamadas Fixie. También denominadas bicicletas de piñón fijo, tienen una sola marcha, de piñón fijo, y sin punto muerto, por lo que se debe avanzar, frenar y dar marcha atrás únicamente con el uso de los pedales.
Es decir, no tienen frenos en ninguna de las dos ruedas ya que se frena con los pies, dejando de pedalear o pedaleando hacia atrás, actuando los pedales sobre las ruedas traseras para detener su movimiento.
Teniendo en cuenta que la bicicleta Fixie no incorpora frenos como tal, estaría dentro de la ilegalidad, aunque no supongan un riesgo para la seguridad vial porque sí tiene un sistema de frenado.
Las #bicicletas, para circular de noche o en condiciones que disminuyan la visibilidad, deberán disponer de:
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 13, 2021
👉 Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero y, optativos, catadióptricos en radios de las ruedas y pedales.
Art. 22 #RGV #RepasoNormas🚴 pic.twitter.com/wiqNuNsONy
Por lo tanto, para poder usar una bicicleta Fixie sin problemas, es recomendable instalar un freno en la rueda delantera para evitar sanciones.
Según informan desde Mapfre, después de su aparición en el año 1880, las bicis Fixie estuvieron abocadas a desparecer, pero su estética fue el principal reclamo para un grupo de usuarios que comenzaron a utilizarlas como medio de transporte para desplazarse por la ciudad, sobre todo en Nueva York y Londres. Pero también han surgido dudas acerca de su legalidad desde el punto de vista de la seguridad vial.
Para los expertos de la aseguradora, en España, para que una bicicleta pueda circular por la vía pública es necesario atender al Reglamento General de Vehículos. En esta norma se establece que «los ciclos, para poder circular, deberán disponer de: un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras, y un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél». Teniendo en cuenta la simplicidad de las bicis fixie y que no incorporan un freno como tal, estarían rozando la ilegalidad. «Pese a ello, su estructura no supone precisamente un riesgo para la seguridad vial, ya que la bicicleta se puede detener realizando el movimiento que se conoce como contrapedal que actúa sobre la rueda trasera que es la motriz en estos casos», añaden desde Mapfre.
La explicación es que el Código de Circulación obliga a llevar sistema de frenado en ambas ruedas. Se entiende que con la Fixie frenamos con la rueda trasera pero faltaría el delantero, que se incorpora para poder seguir los preceptos del Código.
Pese a estas dudas acerca de su legalidad, este tipo de bicicletas tienen para los usuarios una serie de importantes ventajas. Una de ellas es que requieren un mínimo mantenimiento, y para muchos usuarios son la mejor opción para moverse en entornos urbanos, sobre todo cuando el terreno es llano y se realizan trayectos cortos. La velocidad que se puede llegar a alcanzar con ellas es superior que en una bici convencional.
Las Fixie también ofrecen una mayor libertad de movimientos, pudiéndose desplazar hacia delante y hacia atrás simplemente moviendo los pedales hacia esa dirección. Pero moverse de esta forma exige de una mayor técnica y equilibrio frente a las bicicletas convencionales. también requieren de una mayor concentración, reflejos y capacidad de reacción.
Los seguros de bicicleta no son obligatorios; por el momento no existe ninguna ley que obligue a ello. Pero, si es recomendable, sobre todo en caso de tener un accidente de circulación o ante la posibilidad de causar daños a terceros. Según informan desde Mapfre, la documentación necesaria en un seguro de bicicletas no difiere demasiado de la que se requiere para otro tipo de seguros. Sin embargo, en la mayoría de los casos es imprescindible presentar el ticket de compra de la bici y justificar otros datos para fijar el límite de una posible indemnización.
A pesar de que muchos ciclistas lo desconocen, el timbre es obligatorio. No llevarlo en la bicicleta supone una multa de 80 euros. Es un elemento obligatorio. No vale otro tipo de sistema, ya sea una bocina, campanilla, etc. Mientras circules en bicicleta, no puedes usar el teléfono móvil de ninguna de las maneras. Si lo quieres utilizar, debes detener la marcha. También están prohibidos los auriculares o manos libres. Limitan tu audición y disminuyen notablemente tu capacidad de reacción en caso de imprevisto. La multa por utilizar móvil o auriculares asciende hasta los 200 euros.
Asimismo, en bicicleta es tan importante ver como ser visto. Cuando se circula de noche, por pasos inferiores o túneles puede ser peligroso. La DGT dice que hay que colocar una luz de posición blanca en la parte delantera de la bicicleta. En la parte trasera una luz de posición roja y un catadióptrico no triangular del mismo color.
El casco es obligatorio cuando se circula por vías interurbanas y para los menores de 16 años en cualquier tipo de vía. El casco debe estar homologado y su uso sólo se exime por razones médicas. La multa por incumplir esta norma alcanza los 200 euros.
Conducir cualquier tipo de vehículo tras haber consumido alcohol está prohibido, de igual manera que para cualquier otro tipo de vehículo. Las tasas máximas permitidas son las mismas que para el caso de los conductores en general (0,5 g/l de alcohol en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado). En el caso de los menores de edad, no está permitida ninguna tasa de alcohol positiva, teniendo que dar siempre 0,0.
Los ciclistas también deben conocer y cumplir las normas. Así, cruzar un paso de cebra sin bajarse de la bicicleta es sancionable con 200 euros. No circular por el arcén cuando así se pueda hacer con seguridad acarrea una sanción de 200 euros, y utilizar el teléfono móvil, aunque sea solo el navegador, también puede ser multado con 200 euros.
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