N. S.
Martes, 19 de diciembre 2023, 10:00
Si no estás de acuerdo con una multa impuesta podrás presentar una alegación durante los primeros 20 días naturales desde la notificación de la infracción. Después únicamente podrás presentar un recurso de revisión si hubiera algún error en la denuncia. Aunque debes saber que si haces lo primero, podrás ganas y se suspenderá la sanción, pero pierdes el derecho a la reducción del 50% en el caso del pago.
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En el caso de no tener la razón, tendrás que abonar el 100% de la sanción, o seguir reclamando si no estás de acuerdo mediante un recurso de reposición: Tienes de plazo un mes de plazo desde la notificación de la resolución de la alegación o acuerdo sancionador; y si la sentencia después del recurso se mantiene firme pero sigues sin estar de acuerdo, aún podrás acudir directamente a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías abogado y procurador.
Pero también debes saber que puedes solicitar la devolución del importe de una multa que ya hayas pagado si identificas alguna anomalía o incidencia en el pago que esté sujeta a reclamación. Puedes solicitar una devolución, por ejemplo, para el caso de que haya habido una duplicidad en el pago, que el importe abonado no coincida con el de la sanción o cualquier otro tipo de situación.
Si no estás de acuerdo con los hechos que te han notificado desde la DGT en una multa, lo que debes hacer es presentar alegaciones. Ten en cuenta que a través de este trámite sólo puedes solicitar la devolución de multas impuestas por la DGT, por lo que antes de realizar la solicitud de devolución debes comprobar quién te ha puesto la multa. Recuerda que para pagar, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado.
Y para solicitar la devolución del pago de la multa a través de la DGT simplemente necesitas el impreso de solicitud de devolución de tasas, el justificante del pago de la sanción, una copia de la resolución del recurso o reclamación si es la causa de la devolución, así como el justificante de la autorización del sancionado hacia otra persona que no sea el titular ni el pagador para realizar la solicitud de la devolución del pago.
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Lo podrás presentar de forma presencial en una jefatura de Tráfico, o por Internet de manera gratuita; y si tuvieras la razón, simplemente recibirás el dinero de vuelta, sin previa notificación. De hecho, en la actualidad no existe un plazo fijo estimado aunque, de forma orientativa, se puede llegar a retrasar hasta 6 meses la devolución de la multa.
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