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Canal Motor
Miércoles, 16 de noviembre 2022, 22:12
Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre ... 6 y 25 km/. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.
Y para conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de este tipo de vehículos en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura, la Dirección General de Tráfico (DGT) nos ayuda.
En primer lugar, está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
También la DGT está preparando la redacción de un manual con especificaciones técnicas. Una vez publicado y transcurridos 24 meses, todos los VMP deberán llevar un certificado de circulación para garantizar unos mínimos requisitos de seguridad.
Asimismo, como la velocidad de estos vehículos debe estar entre 6 y 25 km/h, es obligatorio disponer de un sistema de frenado, un dispositivo de advertencia acústica (timbre), luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros.
Si utilizas un #VMP 🛴 para desplazarte por tu ciudad, repasa el equipamiento que es obligatorio y el que se recomienda para cicular con seguridad.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 14, 2022
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Y es importante recordar que conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa de alcohol o de 1.000 si se trata de drogas. En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos. Por usar el teléfono móvil mientras conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación, la multa será de 200 euros.
La misma cantidad deberán pagar quienes lleven auriculares; si conduce durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes y si no llevan casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria.
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