Jordi Martínez
Miércoles, 17 de abril 2024, 20:33
La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene la misión de garantizar la seguridad en las carreteras y autopistas del país. Para ello, establece una serie de normativas estrictas que los conductores deben seguir, que incluyen límites de velocidad y la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol.
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Uno de los aspectos menos conocidos, pero que afecta a muchos conductores, es la regulación sobre objetos colgados en el retrovisor. Específicamente, la DGT prohíbe colgar ambientadores o cualquier objeto en el espejo retrovisor, ya que pueden obstruir la visión del conductor y representar un riesgo de accidente. Esta medida se apoya en el artículo 19.1 de la ley de tráfico, que exige visibilidad clara y sin obstrucciones a través del parabrisas y las ventanas.
La sanción por no cumplir con esta normativa puede ser significativa. Llevar un ambientador en el retrovisor puede resultar en una multa de 200 euros,una cantidad considerable que la DGT espera sirva de disuasivo para evitar prácticas que puedan comprometer la seguridad vial. Esta multa está en línea con otras sanciones por infracciones similares de visibilidad.
Dado que la llegada del verano y las vacaciones suele apretar el bolsillo de muchos, es aconsejable prestar atención a estas normas menos conocidas. De este modo, retirar el ambientador del retrovisor no solo contribuye a evitar posibles accidentes sino también a evitar sanciones económicas innecesarias en un momento donde cada euro cuenta.
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