Sábado, 2 de julio 2022, 13:53
El 1 julio entró en vigor la nueva versión del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones de ITV (v. 7.6.1) que, además de incluir algunas modificaciones para clarificar determinados procedimientos, trae como principal cambio la eliminación de las restricciones impuestas en el proceso de inspección técnica como consecuencia de la pandemia provocada por el Covid-19.
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Las medidas sanitarias obligaron a variar algunas actuaciones para minimizar los riesgos de contagio. Con la pandemia, ha sido el conductor el que ha tenido que abrochar y soltar cinturones de seguridad para que el técnico comprobara desde fuera que la mecánica cumplía las medidas necesarias.
Otras restricciones han afectado a la comprobación del correcto estado del troquelado del bastidor y a la comprobación de la centralita electrónica del vehículo mediante el lector OBD ('On Board Diagnostics'), dos procesos para los que se requería el acceso al habitáculo interior del vehículo.
El número de bastidor o VIN ('Vehicle Identification Number') de un vehículo es una combinación única de 17 dígitos alfanuméricos que identifica los vehículos que se comercializan en Europa de forma exacta sin posibilidad de error.
En la inspección técnica de vehículos mediante inspección visual del número de bastidor del vehículo se comprueba su existencia, estado (ilegible, manipulación aparente, incompleto) y la coincidencia con el número que figura en la documentación. Generalmente, en cada vehículo, suele ir ubicado en tres lugares: grabado en el salpicadero del vehículo y visible a través de la luna delantera; en la placa del fabricante y en el troquelado sobre el propio chasis del vehículo.
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En cuanto al OBD, se trata de un sistema que permite la conexión con un ordenador externo a la centralita electrónica del vehículo. La finalidad de este sistema es reconocer cualquier avería o manipulación en los sistemas de seguridad y anticontaminación, siendo por ello una parte fundamental en las inspecciones de los vehículos más modernos. Sin embargo el Covid-19 obligó a las ITV a dejar de realizar esta diagnosis OBD, regresando ahora dado el la eliminación de restricciones que se está llevando a cabo en toda España.
Desde el 20 de mayo de 2018 (Real Decreto 920/2017), la prueba de diagnosis mediante el puerto OBD es obligatoria en las inspecciones ITV. Esta prueba afecta a los vehículos M1 y N1 (turismos de hasta 9 plazas y vehículos destinados a carga de no más de 3.5 toneladas) homologados bajo normativa de emisiones Euro V o superior. Es decir, esta prueba se hará a todos los coches o furgonetas matriculados a partir de enero de 2011.
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