Un fallo mecánico un día antes de salir de viaje obligó a Pedro (nombre ficticio) a tener que pedir prestado el coche a su hermana. Tenía que trasladarse desde Málaga a Alicante para presentarse a una entrevista de trabajo ineludible y recurrió a la familia para buscar la salida más rápida. No encontró objeción por parte de su hermana, pero a ésta sí le asaltó la duda: ¿Tenía que comunicarlo a la compañía de seguros? ¿Era necesario contratar una cobertura extraordinaria o puntual en este caso? Aunque la incertidumbre suele ser habitual entre los propietarios que prestan sus vehículos, lo cierto es que la situación no debe representar mayor problema si el vehículo y el conductor implicado en un posible percance cumple con una serie de requisitos.
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El automóvil tiene que tener el permiso de circulación y la ITV pasada correctamente y en vigor; el seguro del coche en regla, y el conductor distinto al asegurado tiene que ser mayor de edad, estar en posesión del carné de conducir y, además, dar cuenta del estado en que se encontraba cuando ocurrió el accidente.
En la póliza aparecen tres figuras: el tomador, propietario del vehículo y el conductor. Las tres pueden estar representadas por la misma personas, pero no tiene por qué coincidir. Puede haber varios conductores en la póliza para que estén cubiertos, pero en ocasiones no es necesario estar incluido para estar protegidos.
Hay una exigencia que puede ser clave si el conductor al que han prestado el vehículo (en este caso, la hermana de Pedro) tuviera un accidente en ese viaje. Se trata de la edad y para algunas compañías también es determinante los años de antigüedad de carné.
Si es menor de 25 años sí deberá estar incluido en el seguro del coche. Es frecuente que los padres dejen sus coches a los hijos, pero no los incluyen en la póliza, lo que puede acarrear graves consecuencias a ambos en caso de siniestro.
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Sin embargo, en el caso de Pedro, que tiene 54 años y más de 20 de carné, su hermana no tendría que incluirlo en su póliza para el viaje puntual que hará a Alicante. De hecho, en la declaración de conductores de algunos seguros, el tomador suele declarar que el conductor identificado en las condiciones particulares cumple, entre otras condiciones, con que es mayor de 25 años y todos los posibles conductores tienen más de 25 años, «en tal caso no será necesaria la declaración de dichos conductores».
Lo que sí es importante a la hora de que la compañía aseguradora responda de los posibles daños es el estado que presenta el conductor eventual en el momento del accidente. Si no conducía bajo los efectos del alcohol ni de ninguna otra sustancia, entonces el seguro se hará cargo de las coberturas contratadas. De lo contrario, podrá reclamar un reembolso. Una de las cláusulas más importantes y cada vez más habituales de los seguros de automóvil es la de no cubrir a aquellos conductores que conduzcan habiendo consumido alcohol.
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Por estos motivos, hay que evitar dejar el coche a personas menores de 25 años si no están incluidas también en la póliza. En caso de accidente, será el asegurado quien tendrá que responder con su bolsillo.
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