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Vista aérea de Marbella. Josele -
Las viviendas irregulares de Marbella no tendrán amparo en el decreto de la Junta

Las viviendas irregulares de Marbella no tendrán amparo en el decreto de la Junta

De los 18.000 inmuebles construidos al margen de ordenación sólo podrán normalizarse los que encajen en el nuevo Plan General

Héctor Barbotta

Marbella

Jueves, 26 de septiembre 2019, 00:03

El decreto ley aprobado por la Junta de Andalucía para regularizar viviendas ilegales no ampara la situación de las construidas al margen de ordenación durante los años de los gobiernos municipales del GIL. A esa conclusión han llegado los técnicos municipales de Urbanismo tras analizar el documento al que el Ejecutivo andaluz dio vía libre el pasado lunes.

La medida adoptada por el gobierno autonómico se dirige especialmente a viviendas construidas sin licencia de obra, que no se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad y que carecen de conexión a servicios básicos como el suministro de agua. Esa no es la situación de las más de 18.000 viviendas irregulares de Marbella, que fueron construidas en su mayor parte bajo el amparo de licencias de obra concedidas por el Ayuntamiento, aunque posteriormente anuladas judicialmente, que sí cuentan con suministro de servicios y que están inscritas, pese a su situación irregular, en el Registro de la Propiedad.

Así lo ha explicado a este periódico la concejala de Ordenación del Territorio, Kika Caracuel, que afirmó que el decreto ley está dirigido a resolver otro tipo de situaciones que apenas encuentra ejemplos en el término municipal de Marbella.

La edil se remitió al informe sobre la situación urbanística de Marbella elaborada por un grupo de destacados juristas expertos en materia urbanística. En ese trabajo se concluyó que dado que la situación de las viviendas irregulares en Marbella obedece a según el caso a casuísticas diferentes, no se podrá adoptar para todas una única solución.

En ese sentido, descartó que el nuevo PGOU, que un equipo municipal redactará para su aprobación durante el actual mandato municipal, vaya a ser utilizado como un instrumento de normalización, ya que por ese motivo fue anulado en los tribunales el aprobado en 2010. Sin embargo, apuntó que sí podrán regularizarse una vez aprobado ese documento aquellas viviendas que encuentren encaje en el modelo de ciudad que se diseñe en ese documento urbanístico.

El PGOU de 2010, anulado por tres sentencias del Tribunal Supremo cinco años después de su aprobación, dispuso un sistema de normalización y regularización de viviendas construidas ilegalmente (sin licencia o con licencia anulada posteriormente por sentencia) mediante compensaciones económicas o por la imposición de deberes urbanísticos por los que los propietarios de inmuebles irregulares cedían a la ciudad los suelos dotacionales para equipamientos públicos y de esa manera conseguían la regularización de sus inmuebles. Las sentencias del Supremo anularon el Plan por considerar no ajustada a derecho esa fórmula , por lo que se ha descartado que el nuevo PGOU pueda arbitrar una fórmula similar.

Sín fórmula global

El informe elaborado por los expertos desechó la posibilidad de una fórmula global que dé una solución para todos los casos. Por el contrario, apuntó a la necesidad de diferenciar según la situación de cada suelo y de cada inmueble.

En ese sentido, distinguió entre los suelos desarrollados sobre los que han recaído sentencias anulatorias y los suelos respecto de los que no han recaído sentencias pero cuyo desarrollo se basaba en el PGOU de 2010, en el proyecto de PGOU del GIL de 1998 que nunca se llegó a aprobar o que incurren en otro tipo de ilegalidad.

Hasta ahora se había globalizado, confundiendo los escenarios, y el dictamen sostiene la necesidad de conocer caso a caso cuál es la situación procesal de cada expediente y principalmente y la situación de los procedimientos de las ejecuciones de las sentencias firmes en relación a los expedientes contrarios al Plan de 1986.

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