El Tribunal Supremo (TS) no ha admitido el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Estepona contra las sentencias de los juzgados de lo Social y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le obligaba a readmitir a una nueva trabajadora del servicio de Ayuda a Domicilio tras considerar su despido improcedente, con lo que ya son cuatro las sentencias firmes del alto tribunal en este sentido.
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Como en los casos anteriores, el ponente del TS indica en su auto, al que ha tenido acceso SUR, que no se puede admitir el recurso interpuesto por el Ayuntamiento que pretendía unificar doctrinas basándose en otro despido, que sí se consideró procedente dado que éste afectaba a una auxiliar administrativa cuyo puesto dependía de una subvención de la Junta de Andalucía. «La contradicción entre las sentencias comparadas es inexistente al ser diferentes los supuestos de hecho y el alcance de los debates. En particular, es diferente el contenido de los contratos, lo que a su vez implica que en la recurrida se analice el posible fraude en la contratación temporal desde el punto de vista de la concreción de la causa en el contrato, mientras que en la de contraste se cuestiona la validez de la vinculación del contrato temporal a una subvención». Contra esta sentencia no cabe recurso.
Hasta la fecha ninguno de los cuatro empleados ha sido readmitido pero sí han cobrado sus salarios de tramitación . Aún quedan pendientes de la resolución del TS otras 12 trabajadoras con sentencias favorables de los juzgados de lo Social y del TSJA.
El portavoz del colectivo, que fue el primer trabajador con sentencia favorable, Antonio Benítez, lamentó ayer la postura del equipo de gobierno de no readmitirles, más aún cuando están cobrando. «Creemos que es una cabezonería, porque tenemos sentencias firmes, nos están pagando a 16 personas y nos tienen parados, en lugar de estar prestando el servicio», se quejó.
Los salarios de tramitación superan los 500.000 euros y podrían elevarse aún más hasta que el TS resuelva el resto de casos.
Benítez explicó que el Ayuntamiento, que ayer no hizo valoración de esta sentencia, ha presentado ahora una incidencia ante el tribunal argumentando que no le corresponde la readmisión al estar ya el servicio privatizado, a cargo de la empresa Arquisocial. La adjudicataria sí ha readmitido a otras empleadas que fueron subrogadas y que también obtuvieron sentencias favorables. El Ayuntamiento ha sostenido siempre que no fueron despidos, sino finalización de los contratos de las bolsas de empleo previstas para un año.
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