EFE

El Supremo rechaza el incidente de nulidad de Isabel Pantoja y mantiene la pena

La tonadillera agota una de sus últimas opciones para evitar la prisión

Héctor Barbotta

Viernes, 17 de octubre 2014, 14:28

El Tribunal Supremo ha rechazado esta mañana el incidente de nulidad de actuaciones planteado por la tonadillera Isabel Pantoja contra la sentencia, del pasado 9 de junio, del mismo tribunal, que confirmó su condena a dos años de cárcel y al pago de una multa de 1.147.148 euros por un delito de blanqueo de capitales.

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La defensa de la cantante consideró en su incidente de nulidad que la sentencia había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva por no haber invalidado unos informes de la Agencia Tributaria y de la Policia sobre sus movimientos bancarios, por haber utilizado documentos no obrantes en la causa sino en el sumario matriz de la Operación Malaya.

La tonadillera argumentaba también la inexistencia de una prueba documental directa que acreditara los movimientos bancarios de sus cuentas y de las de sus sociedades

El Tribunal Supremo, entre otros argumentos, recuerda que la defensa de Pantoja no impugnó ni cuestionó en toda la fase de instrucción esa base documental bancaria, ni tampoco exigió que se le mostraran o se le proporcionarán esos datos cuando realizó al respecto una contrapericia. Además, recuerda que las fuentes de las pericias de la Agencia Tributaria eran bases de datos de organismos oficiales.

En ese sentido, el Tribunal recuerda también que en el momento en el que formalizó sus declaraciones fiscales, Pantoja discrepara del contenido de la documentación sobre la que se fundamentaron en su día las liquidaciones.

El Supremo subraya además que ya resolvió esta cuestión en la sentencia del 9 de junio, a la que se remiten al respecto. En ese sentido, el alto tribunal hace suyos los argumentos del fiscal, que sostuvo que las cuestiones esgrimidas por la defensa de la cantante ya fueron abordadas en la citada sentencia.

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Con esta resolución, la cantante ha agotado uno de sus últimos cartuchos para evitar su entrada en prisión. El caso se encuentra ahora pendiente de que Pantoja abone la multa de 1.140.000 euros y solicite la suspensión de la condena. La decisión final sigue en manos de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga.

La defensa de la cantante consideró en su incidente de nulidad que la sentencia había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva por no haber invalidado unos informes de la Agencia Tributaria y de la Policia sobre sus movimientos bancarios, por haber utilizado documentos no obrantes en la causa sino en el sumario matriz de la Operación Malaya.

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El Tribunal Supremo, entre otros argumentos, recuerda que la defensa de Pantoja no impugnó ni cuestionó en toda la fase de instrucción esa base documental bancaria, ni tampoco exigió que se le mostraran o se le proporcionarán esos datos cuando realizó al respecto una contrapericia. Además, recuerda que las fuentes de las pericias de la Agencia Tributaria eran bases de datos de organismos oficiales. El Supremo subraya además que ya resolvió esta cuestión en la sentencia del 9 de junio, a la que se remiten al respecto.

Con el incidente Pantoja intentaba retrasar la ejecución de la condena, pero una vez rechazado deberá abonar en los próximos días el pago al que ha sido condenada, sin lo cual no será posible la suspensión de su ingreso en prisión, que los tribunales suelen adoptar cuando la pena no es superior a dos años, como es su caso.

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El pasado 3 de octubre el fiscal pidió al Supremo que rechazara el incidente de nulidad planteado por la artista porque, "en esencia", según decía su escrito, el fundamento de las alegaciones es el mismo que planteó su defensa en el recurso de casación.

El pasado mes de junio el Supremo confirmó la condena de dos años de cárcel que la Audiencia de Málaga impuso por un delito de blanqueo de capitales a Isabel Pantoja, a quien impuso también una multa de 1,1 millones de euros.

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