
Casi todas las solicitudes de cambio de género en Málaga son de hombre a mujer y sin modificar el nombre
Ley Trans ·
Los registros de la provincia ya han contabilizado el centenar de peticiones tras aprobarse la leySecciones
Servicios
Destacamos
Ley Trans ·
Los registros de la provincia ya han contabilizado el centenar de peticiones tras aprobarse la leyAl menos un centenar de personas han solicitado en los distintos registros civiles de la provincia de Málaga el cambio de la mención registral de ... sexo -es decir, la modificación del género- desde que entró en vigor la llamada 'ley Trans' a principios del mes de marzo. Estas solicitudes, tal como establece la ley, deberán ser posteriormente confirmadas cuando transcurran tres meses desde el inicio de los trámites.
Aunque la cifra completa no ha transcendido, solo en Málaga capital habrían alcanzado los 40 casos, mientras que en Torremolinos la cantidad es similar: 36 a principios de esta semana. Fuentes consultadas por SUR cifran en cerca de una decena las peticiones en Fuengirola y algunas menos en Estepona. De momento no se han aportado los datos exactos de lugares como Mijas, Marbella y Vélez-Málaga, pero estas mismas fuentes de la Administración de Justicia avanzan que el número de casos solo contando los grandes municipios superará el centenar en solo las tres semanas y media desde que se publicó la norma en el BOE.
Haciendo una comparación con la situación anterior a la entrada en vigor, desde los registros calculan que el aumento de peticiones se sitúa en torno al 300 por ciento, aunque matizan que habrá que esperar a unos meses a ver si dicha cifra se consolida o es fruto de la cercanía con la aprobación del nuevo marco legislativo.
Preguntadas por la tipología de los casos que se están presentando, las diversas fuentes consultadas especifican que «casi todas las personas» que están iniciando el trámite son hombres que manifiestan su deseo de transicionar a mujeres, pero que no tienen intención de cambiar su nombre, una posibilidad que la 'ley Trans' deja al libre albedrío del ciudadano. «Es la principal duda de la gente que ha venido al registro, que si pueden mantener su nombre», recalcan.
Cambio legislativo
La entrada en vigor de la 'ley Trans' no ha estado exenta de polémica. Para entenderla en su conjunto hay que viajar a 2007. El Ejecutivo de Zapatero aprobó entonces una ley pionera en el mundo que permitía el cambio de nombre y de sexo de aquellas personas que no se identificaban con el sexo que se le había asignado al nacer, pero sin necesidad de haber pasado por una reasignación quirúgica de sexo. La condición que se imponía en esta normativa era que tenía que existir un informe psicológico diagnosticando la llamada 'disforia de género', además de acreditar que se había seguido algún tipo de tratamiento en este sentido durante al menos dos años.
A partir de entonces, diferentes comunidades autónomas (entre ellas la andaluza en 2014 por unanimidad) fueron aprobando leyes trans en sus propios territorios en las que se ampliaban estos derechos. En el caso de Andalucía, por ejemplo, una persona puede cambiarse el nombre de su tarjeta sanitaria sin necesidad de presentar ningún tipo de acreditación de que padece una disforia de género. Aun así, el gran cambio llegó en 2018, cuando la Organización Mundial de la Salud dejó de considerar la transexualidad como una patología, lo que abrió la puerta a que el colectivo reclamara la eliminación del informe médico para cambiar el sexo registral en términos legales.
En concreto, esta nueva ley pone sobre la mesa el concepto de autodeterminación del género. El género es la construcción social del sexo, es decir, la forma (y los estereotipos) en los que la sociedad define a los hombres y a las mujeres, independientemente de sus genitales. La 'ley Trans' permite que cualquier persona pueda acudir a un registro civil y cambie su sexo en el DNI aunque mantenga su genitalidad, su aspecto físico y el nombre dado al nacer. Ello conlleva, además, la adquisición de forma automática de los derechos que implica ser hombre o mujer, lo que para algunas posturas contrarias a la ley afecta directamente a legislaciones específicas, como la Ley de Igualdad o la de Violencia de Género.
Proceso
Esta modificación se lleva a cabo en dos fases: una primera en la que la persona tiene que rellenar un formulario solicitando la rectificación, y otra segunda en la que, en un plazo de tres meses, la persona interesada tendrá que comparecer para ratificar la decisión.
A partir de los 16 años cualquier persona puede cambiar de nombre y de sexo en el registro, sin necesidad de presentar informes médicos ni psicológicos. El único requisito para esta autodeterminación de género es la voluntad del interesado. Entre los 14 y los 16 años pueden hacerlo en compañía de sus padres, pero a partir de los 12 se requiere la autorización de un juez, llamado 'defensor judicial', cuando los progenitores no apoyen la decisión del hijo.
Antes de esa edad no está permitido el cambio de sexo en el DNI, pero sí podrán utilizar el nombre que deseen y que les identifique con un género distinto. En cuanto a los tratamientos hormonales y las reasignaciones quirúrgicas de sexo, éstas siguen bajo el paraguas de cada comunidad autónoma y su legislación, ya que esta ley no entra en los derechos y servicios sanitarios en este sentido.
Este primer balance de la entrada en vigor de la 'ley Trans' coincide con el Día Internacional de la Visibilidad Trans, que se celebra este viernes 31 de marzo. Dicho día de instauró en 2009 gracias a la presión de la activista trans americana Rachel Crandall. Hasta la fecha, en el calendario solo aparecía el Día Internacional de la Memoria Transexual, una jornada dedicada a recordar a las víctimas de crímenes de odio, pero que no hacía referencia a la visibilidad de los miembros vivos de la comunidad. Apenas dos años más tarde, en 2011, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó una resolución para defender los derechos humanos de todas las personas con una determinada orientación sexual, así como una identidad o expresión de género, y en la que queda terminantemente prohibido cualquier tipo de violencia o discriminación en contra de ellas en ningún país del mundo; un hecho que, lamentablemente, sigue sin cumplirse en buena parte del mundo.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.