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A algunos hogares ya habrá llegado. En otros lo hará en breve. Pero el temido 'catastrazo' siempre llega. O lo que es lo mismo, el recibo del IBI, un tributo que representa el mayor pellizco para las familias y, a la vez, el principal sustento de los ayuntamientos para mantener sus servicios y estructuras desde que la caída del sector inmobiliario que trajo la anterior crisis económica (aún está por ver el alcance de la actual) dejó sus arcas bajo mínimos. En su conjunto, los 103 municipios de la provincia pretenden embolsarse este año unos 650 millones de euros a través del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Pero ni la recaudación tiene el mismo peso en las cuentas de cada localidad ni el importe a pagar es igual para todos los contribuyentes. Y no sólo por cuestiones lógicas como las características y el valor catastral del inmueble, sino porque el régimen fiscal que aplica cada ayuntamiento es un mundo, por mucho que las pautas generales estén recogidas en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
A través de esta norma estatal, los alcaldes tienen cierto margen de maniobra para sacarle mayor o menor partido al IBI. Por un lado, aprobando bonificaciones o concediendo ayudas para los colectivos más desfavorables, pero sobre todo con el tipo de gravamen, que es el porcentaje que se aplica al valor catastral de cada inmueble para calcular la cuota a pagar. Por ley, en el caso de propiedades ubicadas en suelo urbano debe oscilar entre el 0,4 y el 1,1% (ampliable hasta el 1,3% si se dan una serie de condicionantes como ser capital de provincia, tener servicio de transporte público colectivo o prestar más servicios de aquellos a los que están obligados). Una flexibilidad que conduce a una disparidad entre municipios, de forma que el recibo puede llegar a duplicarse en función de la localidad en la que esté el inmueble.
Las comparaciones pueden ser odiosas, pero cuando afectan al bolsillo conviene tenerlas en cuenta. Para arrojar luz, SUR ha tomado como referencia una vivienda con un valor catastral de 76.147 euros, que es la media de los 1,47 millones de inmuebles urbanos de la provincia, sin considerar posibles bonificaciones o descuentos que algunos consistorios aplican en determinados supuestos como familias numerosas, instalación de placas solares o domiciliación del recibo. Los números no engañan, y reflejan la diferencia puede alcanzar los 400 euros.
Los más afortunados son los titulares de alguna propiedad en alguno de las 14 localidades que tienen el tipo impositivo al mínimo legal, todos ellos pequeños pueblos del interior (Alameda, Algatocín, Ardales, Benahavís, Benalauría, Cartajima, Cómpeta, Istán, Júzcar, Mollina, Monda, Pujerra, Riogordo y Serrato) tal y como reflejan las estadísticas del Ministerio de Hacienda. En estas poblaciones, la cuota anual sería de 304,58 euros. En el otro extremo se sitúan los 711,97 que se pagarían en Alozaina, que es el municipio con el tipo más alto (0,935%).
Entre las grandes ciudades, Rincón de la Victoria sigue encabezando el 'ranking' de los que más aprietan con el recibo de la contribución a pesar de las sucesivas rebajas aprobadas en los últimos años. El coeficiente en este ejercicio ha pasado del 0,84 al 0,80% situando el desembolso en el supuesto utilizado para la comparación en 609,17 euros. Le sigue Cártama, con un 0,78% (593,94 euros) y, justo detrás, Torremolinos, donde el impuesto sería de 571,10 euros con el 0,75% vigente desde 2018, muy lejos del 1,16% (el 1,1 más el 0,06 por prestar más servicios de los que le competen) que se mantuvo durante décadas. Pero también sin el descuento de hasta el 50% que se ofrecía en función de los años de empadronamiento porque los tribunales lo anularon en 2017 debido a que esta bonificación no tiene amparo en la normativa estatal.
Qué es. También conocido como la contribución, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles es el tributo que grava la propiedad de edificios, viviendas, locales, garajes e incluso solares, tanto rústicos como urbanos. Está regulado por la Ley de Haciendas Locales, y son los ayuntamientos los encargados de cobrarlo y los que también pueden establecer algún tipo de bonificación.
Cómo se calcula. La cuota es el resultado de aplicar al valor catastral del inmueble el tipo de gravamen.
Tipo de gravamen. Porcentaje que fijan los ayuntamientos, que por ley debe estar entre un mínimo del 0,4% y un máximo del 1,1% en los inmuebles urbanos, aunque puede verse incrementado para las capitales de provincia (+0,07), municipios que presten servicio de transporte público colectivo (+0,07) o que presten más servicios de los que les competen (+0,06).
Valor catastral. Es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble que resulta de la aplicación de una serie de criterios como su localización, superficie, el coste de la construcción, la antigüedad, el uso o el precio del suelo.
Por si fuera poco, los vecinos de estos dos últimos municipios (Cártama y Torremolinos) se han encontrado este año con un incremento del 3% en el valor catastral de todos los inmuebles, fruto de la actualización realizada por la Dirección General del Catastro (Ministerio de Hacienda) para ajustar sus ponencias a los precios de mercado.
No son los únicos, porque esta medida también afecta en el mismo porcentaje a Alcaucín, Algarrobo, Fuente de Piedra y, en un 5%, a Benahavís. Por el contrario, la revisión también ha traído una rebaja del 3% en Colmenar, Manilva, Montecorto, Ronda y Serrato. En este sentido, cabe reseñar que el impacto de esta medida afecta, para bien o para mal, a todos los impuestos en los que el valor catastral se utiliza como base para fijar la cuota, tales como la plusvalía municipal (se abona cuando se vende un inmueble o se recibe en herencia o donación), los de ámbito estatal IRPF y Patrimonio o, en el plano autonómico, el de Sucesiones y Donaciones y el de Transmisiones Patrimoniales.
Volviendo a los tipos impositivos del IBI, en el peldaño inferior a Torremolinos aparece Vélez, con un 0,70% y una cuota resultante de 533,02 euros. En la localidad axárquica se da la situación añadida de que la justicia anuló a comienzos de año la ordenanza reguladora de la concesión de ayudas para al pago de este tributo, que era la herramienta que desde 2004 venía permitiendo al Consistorio rebajar los recibos de los vecinos tras la última revisión de los valores catastrales llevada a cabo durante el 'boom' del ladrillo.
En el apartado de grandes municipios, Málaga capital sigue siendo el que presenta los índices más bajos desde que en 2013 lo redujo del 0,6954 al 0,4510% para minimizar los efectos del 'catastrazo' con el que se encontraron los vecinos al aplicarse de golpe la subida acumulada de los nuevos valores que desde 2009 había permanecido en la nevera a través de bonificaciones potestativas. Desde entonces, Málaga también figura entre las capitales españolas con el tipo de gravamen más bajo.
A nivel provincial, se le acerca este año Nerja tras reducir el coeficiente del 0,475 al 0,461%; así como Mijas, que desde 2018 lo tiene en un 0,4826% desbancando a la vecina Fuengirola (0,50%) como la localidad con el tipo más bajo de todo el litoral occidental. A partir de ahí, los índices empiezan a subir en los grandes ayuntamientos, empezando por Ronda (0,5575%) y continuando por Alhaurín de la Torre (0,595%). En un escalón superior se sitúan Antequera (0,635%), Alhaurín el Grande y Benalmádena (ambos con un 0,65%), Marbella (0,655%), Coín (0,66%) y Estepona (0,662%). Distinto municipio, distinto IBI.
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