Borrar
Un juzgado perdona préstamos por valor de 73.000 euros a una familia con cinco hijos en Málaga

Un juzgado perdona préstamos por valor de 73.000 euros a una familia con cinco hijos en Málaga

La pareja acumuló deudas tras perder un trabajo y solicitó la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad

Nuria Triguero

Málaga

Miércoles, 15 de mayo 2024, 11:17

Un juzgado de Málaga ha exonerado a una familia con cinco hijos del pago de 15 préstamos que suman un valor de 73.000 euros. Lo ha hecho en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, tras verse abocada la pareja un concurso de acreedores al perder ella su trabajo y empezar a acumular deudas.

La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa española que ofrece a las personas físicas, tanto particulares como autónomos, la posibilidad de liberarse de sus deudas y empezar de nuevo en términos financieros. Fue aprobada en 2015 con el objetivo de permitir a las personas que se encuentran en una situación de sobreendeudamiento insostenible y que son considerados «deudores de buena fe» tener la oportunidad de reestructurar o cancelar sus deudas.

El abogado Carlos Cómitre, del bufete Ley 57, ha ejercido de administrador concursal en este proceso, que se inició tras la crisis sanitaria del Covid, cuando una de las integrantes de la pareja afectada perdió el trabajo que tenía en un agencia de viajes y, a causa de ello, dejaron de poder hacer frente a sus gastos. «Para llegar a fin de mes fueron encadenando sucesivamente préstamos, hasta superar la docena, para poder atender a los apremios de los acreedores, que finalmente se convirtieron en impagables», explica el letrado.

Deudores «de buena fe»

El juzgado de primera instancia número 12 de Málaga ha considerado que los deudores son «de buena fe», teniendo en cuenta que cumplen los tres requisitos que la ley exige para ello: el concurso no ha sido declarado culpable sino fortuito; los afectados no han sido condenados en sentencia por ningún delito contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores y no tienen un proceso penal pendiente a tales efecto y el deudor intentó alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos. «De hecho, por parte de Ley 57 se convocó a los acreedores a una reunión para tratar una posible forma de pago, que mayoritariamente no atendieron, de forma que no hubo otra alternativa que plantear el concurso de acreedores de la pareja», explica el administrador.

Tras finalizar el concurso se ha aplicado el llamado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, previsto en la Ley de Segunda Oportunidad: si después del concurso el deudor demuestra que ha actuado de buena fe y que ha liquidado todos sus bienes disponibles para pagar la deuda, puede solicitar la exoneración de las deudas restantes.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Un juzgado perdona préstamos por valor de 73.000 euros a una familia con cinco hijos en Málaga