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El impuesto de la plusvalía municipal, que hay que pagar cuando un inmueble cambia de dueño (el vendedor en operaciones de compraventa o el adquirente en caso de herencia o donación), vendrá con cambios a la hora de pasar por caja en 2023, con subidas ... de la cuota que en algunos casos pueden llegar hasta el 50% respecto a lo que se abonaría ahora, pero también con rebajas que podrían alcanzar el 19,5%. Todo dependerá de los años transcurridos desde la última vez que el inmueble en cuestión cambió de manos, ya que según el periodo transcurrido se le aplica al valor catastral del suelo un coeficiente distinto para calcular la base imponible del tributo (la cuota final se obtiene gravándole un tipo impositivo que fijan los ayuntamientos y que no puede superar el 30%).
Unos indicadores que serán revisados el próximo año, tal y como recoge el proyecto de Presupuestos Generales del Estado elaborado por el Gobierno central, de forma que los valores subirán cuando la anterior transmisión del inmueble tuviera lugar entre 2010 y 2018 mientras las formalizadas entre 2004 y 2009, en plena burbuja inmobiliaria y el inicio de su estallido, se verán rebajadas.
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Por ejemplo, en el caso de una vivienda comprada en 2013 que se transmita en 2023 (10 años) la subida será del 25% respecto a 2022. Para traducirlo a euros, se puede tomar como referencia un inmueble con el valor catastral medio en la provincia (76.000 euros), en el que el valor del suelo es igualmente el promedio provincial (42.657), ubicado en Málaga capital, donde el tipo de gravamen es del 29%. A ese valor del suelo se le aplicaría un coeficiente del 0,10% en lugar del 0,08 vigente este año y tras cargarle ese 29% resultaría una cuota final de 1.237 euros frente a los 989,6 que se pagarían ahora.
Si hubieran transcurrido siete años desde la última transmisión, el incremento sería del 50% (2.222 frente a 1.481 euros). En cambio, si hubieran pasado 14 años el importe bajaría un 10% (1.113 euros en lugar de 1.237). Y si fueran 19 años, un 19,5% (3.587,4 frente a 4.453,4). A partir de los 20 años (0,45) no cambia: 5.566,7 euros.
¿Por qué estos vaivenes? El origen está en la reforma exprés aprobada por el Gobierno para esquivar la suspensión del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) ordenada por el Tribunal Constitucional en octubre de 2021. En esa modificación, el Ejecutivo cambió el método para fijar los coeficientes máximos que los ayuntamientos pueden aplicar.
Si antes ese porcentaje siempre subía conforme pasaban los años con una horquilla que iba desde el 3,7% cuando el periodo era un año hasta el 60% si se superaban los 20, los nuevos indicadores no son lineales ni dan por sentado que el suelo se revaloriza con el paso del tiempo. De hecho, se actualizan cada ejercicio atendiendo a la evolución del mercado inmobiliario. Y ahí es donde entra en escena la revisión incluida en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2023, que sólo deja intactas las transmisiones realizadas con un margen de 4 años o a partir de los 20 años.
De acuerdo con lo recogido en este documento, el coeficiente sube un 7% (del 0,14 al 0,15) para las ventas o adquisiciones por herencia o donación de inmuebles en menos de un año y un 15% para aquellas en las que sólo transcurra un año (del 0,13 al 0,15). Además, también conllevarán subidas todas las operaciones de entre 5 a 13 años, con el citado 50% de más para las de 7 y 8 años. A partir de los 14 años empiezan las rebajas hasta el 19,44% que se aplicaría en las de 19 años, mientras que cuando hayan pasado 20 años o más el coeficiente se mantiene en el 0,45, que por cierto es el más alto de todos.
En este sentido, cabe precisar que estos coeficientes son máximos, por lo que los ayuntamientos pueden modificarlos a la baja. Además, la Ley de Haciendas Locales también les permite reducir el valor catastral del suelo hasta un 15%. Sin embargo, la realidad es que pocos alcaldes son los que hacen uso de ambas posibilidades para rebajar la cuota.
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