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La letra pequeña de la nueva Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), en vigor desde las pasadas navidades, está generando ... no pocas sorpresas y motivos para la preocupación en el ámbito de los promotores urbanísticos. Según ha podido conocer este periódico, una de las disposiciones de la nueva norma para el urbanismo andaluz (la final quinta) complica las evaluaciones ambientales de numerosos proyectos por desarrollar en Málaga. La disposición en cuestión obliga a que, en el caso de municipios cuyo plan general no disponga de una evaluación ambiental estratégica adaptada a la ley estatal, como es el caso de la capital, todos los denominados 'planes parciales' tengan que someterse a una evaluación ambiental ordinaria específica que se cursa por parte de los técnicos de la Junta de Andalucía.
¿Eso que significa? Básicamente que los tiempos se van a alargar bastante para un gran número de actuaciones urbanísticas cuyo desarrollo depende de la aprobación de esos 'planes parciales', ya que la evaluación ambiental ordinaria implica unos procedimientos mucho más complejos y extensos que el modelo de la evaluación simplificada que hasta ahora se podía aplicar a este tipo de casos. En definitiva, se va a dar la circunstancia de que proyectos que ambientalmente están requiriendo una tramitación entorno al año o año y medio (aunque en la teoría deberían ser unos tres o cuatro meses) se van a alargar hasta los dos o tres años. Y eso antes de que empiece a contar el cronómetro de su aprobación en los respectivos ayuntamientos, ya que las evaluaciones ambientales se hacen en estos casos de forma previa a la tramitación del expediente a nivel municipal.
Promotores y expertos en urbanismo consultados por SUR han puesto de relieve la complicación que esto supone para el desarrollo de numerosos proyectos, decenas en el caso de la capital, ya que los medios técnicos y humanos de que dispone la delegación territorial de Desarrollo Sostenible de la Junta están muy por debajo del volumen de expedientes de este tipo que tiene que tramitar. De ahí que haya evaluaciones ambientales simplificadas activadas en 2019 y 2020 que todavía están sin resolver en los despachos de la administración regional.
La secretaria general de la Asociación de Constructores y Promotores (ACP), Violeta Aragón, ha admitido que esto «va a echar a temblar» a los empresarios y va a «terminar siendo un lastre para la atracción de inversores, que se lo van a pensar tres veces más antes de venir aquí». «El problema no es que haya que tramitar evaluaciones ambientales ordinarias; es que tendrían que tardar seis o nueve meses y están tardando dos años. Eso es inasumible», ha argumentado Aragón, quien ha demandado a la Junta que ponga «los medios» necesarios para agilizar estas evaluaciones. «Este nuevo criterio puede estar bien para los nuevos planes generales que se tramiten conforme a la LISTA, pero no deberían haberlo aplicado ya a los proyectos que están por desarrollar de los planes que se aprobaron conforme a la anterior legislación urbanística regional», ha señalado esta responsable de la ACP.
«Lo razonable hubiera sido mantener el procedimiento de evaluación ambiental estratégico simplificado para los planes parciales de ordenación», ha señalado a este periódico el abogado Manuel Jiménez Baras, del despacho de derecho urbanístico Ius Urbis, quien asegura que ya son varios los empresarios que están muy preocupados al constatar con la delegación de la Consejería de Desarrollo Sostenible que, en efecto, se alargan las evaluaciones ambientales en estos casos. «Es imprescindible dotar de más medios a la delegación territorial de Málaga, dado el volumen de expedientes que actualmente tramita, muy superior al del resto de provincias andaluzas», ha añadido.
Desde la Consejería de Fomento y Ordenación del Territorio, María del Carmen Compagni, directora general de Urbanismo, ha admitido este cambio que introduce la LISTA para las evaluaciones ambientales de los planes parciales de desarrollo de proyectos urbanísticos, si bien ha remarcado que no será así para el caso de «planes generales vigentes aprobados conforme a la LOUA y ya evaluados ambientalmente». El problema es que un gran número de municipios no tienen una correcta evaluación ambiental de su plan general. Es el caso de Torremolinos, cuyo PGOU ha sido tumbado recientemente por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) debido a esta cuestión.
Para entender el origen de esta situación hay que retroceder quince años. Muchos municipios llevaron a cabo la evaluación ambiental de su nuevo PGOU conforme a las directrices de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) que la Junta aprobó en 2007. Sin embargo, el anterior Gobierno andaluz no adaptó hasta el año 2015 el contenido de la GICA a las normativas estatal y europea que regulan la evaluación ambiental estratégica. Así, el PGOU que se aprobó en 2011 para Málaga y los de otros muchos municipios se realizaron con una evaluación ambiental incorrecta, lo que obliga a llevar a cabo un procedimiento de análisis medioambiental específico para cada uno de los proyectos urbanísticos contenidos en ese plan general.
En la Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga no ocultan su preocupación por la demora que puede causar esta circunstancia en un gran número de proyectos. No obstante, el concejal de Ordenación del Territorio, Raúl López, se muestra por ahora cauto a la hora de valorar las consecuencias. «Estamos expectantes, vamos a ver si se introduce algún cambio a raíz de alegaciones al reglamento de la LISTA», ha declarado. Con todo, ha apuntado que, si se confirma que ese es el nuevo camino por el que tienen que discurrir numerosas actuaciones urbanísticas pendientes de desarrollo, la Junta tendría que buscar fórmulas para la «simplificación» de las evaluaciones ambientales.
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