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La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha establecido servicios mínimos para la jornada de huelga de este martes en la educación pública andaluza. Una resolución de la viceconsejería indica el personal obligado a prestar servicios en los centros públicos. en esta jornada de ... huelga, que han convocado por una parte los sindicatos ANPE, USTEA y Comisiones Obreras y, por otra parte, el sindicato CGT.
De acuerdo con esta resolución, en los centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo en los que se imparten todo tipo de enseñanzas a partir de segundo ciclo de Educación Infantil estarán obligados a prestar servicios un miembro del equipo directivo. Además, y en función del número de alumnos, se establece la presencia obligatorio de un docente más para centros con un número de alumnado de hasta 300 menores de edad, siempre que esto no suponga la superación del 20% del claustro del centro. Para centros con un número de alumnado de hasta 600 menores de edad, 2 docentes más (total 3 docentes) y para centros con un número de alumnado de más de 600 menores de edad, 3 docentes más (total 4 docentes).
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La resolución señala que, en el ámbito de la enseñanza, «el ejercicio del derecho de huelga podría obstaculizar el ejercicio del derecho a la educación, proclamado en el artículo 27 de la Constitución, por lo que, al menos, se ha de garantizar la apertura de los centros afectados por la huelga y el mantenimiento de los servicios de comedor y tutoría del alumnado interno en las diferentes residencias y centros específicos de Educación Especial, que igualmente resultaran afectados».
De esta manera, la Consejería de Educación ha considerado proponer «un despliegue mínimo de personal atendiendo a la salvaguarda del interés público, que determina el carácter esencial del servicio a la ciudadanía y como garantía de un nivel de respuesta adecuado ante situaciones de urgencia o emergencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, al mismo tiempo facilitar, en la medida de lo posible, el ejercicio del derecho a la huelga por parte del colectivo afectado, realizando una detallada propuesta, que incluye el dimensionamiento previsto del servicio mínimo de cada uno de los centros, independientemente de la huelga convocada, y la necesidad que se estima adecuada cuantificando numéricamente el personal funcionario por cada centro de trabajo en atención a las características del alumnado al que atiende».
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