La Consejería propone el repaso y recuperación en este tercer trimestre. SUR

Educación envía instrucciones a los centros para un fin de curso sin actividad presencial

Los alumnos de Secundaria y Bachillerato con evaluación negativa se presentarán a las recuperaciones de septiembre. En Bachillerato, tendrán que aprobar todo para titular y presentarse a selectividad

Viernes, 24 de abril 2020, 10:50

La instrucción que han recibido esta mañana los centros educativos andaluces tiene como objeto determinar las medidas educativas necesarias para la flexibilización de la intervención docente en este tercer trimestre, estableciendo un marco de actuación común ante la pandemia y la suspensión de la actividad educativa presencial. Esta normativa establece que, con carácter general, no será necesario desarrollar aquellos elementos del currículo que puedan tener continuidad en el curso 2020/2021, que será objeto de instrucciones específicas.

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La promoción del alumno es la norma básica, pues así se recoge en las leyes educativas, que contemplan la repetición para casos excepcionales. Pero los estudiantes de Secundaria y Bachillerato tendrán que presentarse a las recuperaciones de septiembre si su evaluación es negativa. Para los de Bachillerato, tendrán que tener todo aprobado para conseguir el título y poder presentarse a la selectividad. La Consejería de Educación y Deporte se mantiene así alejada de los postulados del Ministerio de Educación y FP, que propone la promoción y titulación sin tener en cuenta el número de asignaturas suspensas.

El primer objetivo que se marca la Consejería de Educación y Deporte es la preservación de la salud física y emocional de todos los agentes que intervienen en el sistema educativo. Después, adecuar el proceso de enseñanza y aprendizaje a las características de cada alumno. Se primará el repaso y la recuperación sobre lo trabajado en los dos primeros trimestres del curso, poniendo el foco en los aprendizajes imprescindibles. Se avanzará en lo previsto en las programaciones para el tercer trimestre, cuando sea posible para el alumnado, y se considere que beneficiará su promoción académica.

Respecto a la evaluación, la instrucción recoge que es un derecho de los alumnos, conforme a criterios de plena objetividad. «Que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos de manera objetiva, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes para que la información que se obtenga a través de la evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. De esta manera, la tercera evaluación será continua y tendrá carácter formativo y diagnóstico para valorar los posibles desfases curriculares y los avances realizados, con el objeto de aportar valor añadido a los resultados obtenidos por el alumnado en los dos primeros trimestres y planificar las medidas que sean necesarias adoptar para el próximo curso. Para la evaluación ordinaria se tendrán en consideración los resultados de los dos primeros trimestres y, a partir de ellos, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva.

La decisión que los equipos docentes adopten en relación con la permanencia, promoción y titulación en las diferentes enseñanzas se ajustará a las condiciones establecidas en la normativa estatal y autonómica vigente. Esta normativa considera la repetición una medida excepcional, y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna, así como la valoración de las dificultades que el alumnado hubiera podido tener en el tercer trimestre como consecuencia de la suspensión de la actividad educativa presencial.

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Secundaria y Bachillerato

Como ya recogía el borrador de estas instrucciones, la calificación del alumnado tomará como referencia el proceso de evaluación continua desarrollado a lo largo del curso. Para ello, se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas, en su caso, por el alumnado tanto en la primera como en la segunda evaluación y, a partir de ellas, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva. Las actividades evaluables desarrolladas durante el tercer trimestre, tendrán como objetivo la mejora de la calificación del alumnado, sirviendo a su vez como medida de recuperación de los trimestres anteriores.

El alumnado con evaluación negativa en distintas materias que le imposibiliten la titulación en la evaluación ordinaria, podrá presentarse a las pruebas extraordinarias de recuperación que se realizan en el mes de septiembre.

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La calificación de los alumnos de Bachillerato sigue el mismo criterio, las notas de la primera y segunda evaluación y las actividades del tercer trimestre si la valoración es positiva. Con carácter excepcional, y siempre y cuando se recoja esta posibilidad en la norma básica, se ampliará en un año el límite de permanencia en estas enseñanzas para aquellos alumnos o alumnas que se hayan visto afectados por las circunstancias de este curso escolar y así lo soliciten. Las instrucciones señalan, como en los casos anteriores, que la repetición se considerará una medida de carácter excepcional. Pero para el alumnado con evaluación negativa en distintas materias que le imposibiliten la promoción en la evaluación ordinaria, podrá presentarse a las pruebas extraordinarias de recuperación que se realizan en el mes de septiembre.

En Formación Profesional, la evaluación final también se realizará a partir de las dos anteriores. Las instrucciones contemplan la posibilidad de que parte de la materia que no ha podido dar durante el primer curso de los ciclos se integre en la programación didáctica del próximo curso.

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Por lo que respecta al alumnado que se encontrara cursando la Formación Profesional en su modalidad dual, cuando las circunstancias sobrevenidas le hayan impedido continuar en esa modalidad pasarán a quedar matriculados en el régimen ordinario durante el presente curso, aunque el próximo se podrán reincorporar a la dual.

Para enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, artísticas superiores y de idiomas se sigue el mismo criterio en cuanto a adaptación curricular, procedimiento de evaluación y calificaciones del alumnado. En cuanto a las enseñanzas deportivas en Andalucía, se ampliará el número máximo de convocatorias extraordinarias a dos para aquellos alumnos o alumnas que se hayan visto afectados por las circunstancias de este curso escolar y así lo soliciten. Y para las pruebas específicas de acceso, cuya superación forma parte de los requisitos de acceso a estas enseñanzas, se aplazarán y se programarán en el momento en que las circunstancias sanitarias lo permitan.

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