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La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este viernes la orden por la que se convoca el procedimiento selectivo para el ingreso en los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño, maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional.
Se han convocado 6.543 plazas. Las solicitudes se podrán realizar del 13 al 31 de marzo, a través del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y FP de la Junta de Andalucía.
Esta convocatoria de oposiciones llega con algunas novedades importantes. Por primera vez, los candidatos podrán solicitar copia de su examen, algo que hasta ahora no era posible. Si el opositor no estaba de acuerdo con su nota tenía que esperar a que terminara todo el proceso y presentar un recurso judicial. Según recoge la orden publicada en el BOJA, una vez celebrada la primera prueba de todas las especialidades convocadas, se abrirá un plazo de 24 horas para que el personal aspirante pueda solicitar copia de su examen y del documento de evaluación a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería.
También es novedad en esta convocatoria la introducción de un plazo de alegaciones a las calificaciones provisionales obtenidas en cada una de las partes de la primera prueba, así como las obtenidas en la segunda prueba (programación y unidad didáctica).
La orden aclara también lo relacionado con la certificación de idiomas como parte de la formación académica en el baremo en fase de concurso. Como ya informó SUR, se entiende por nivel avanzado los certificados C1 y C2, emitidos tanto por las Escuelas Oficiales de Idiomas como por entidades acreditadas. Pero también se valorarán los certificados de nivel avanzado B2 obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1041/2017 (por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas), pero en este caso exclusivamente de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
También hay una novedad en cuanto a la puntuación máxima por tiempo de servicio. En anteriores procesos selectivos había un máximo de 7 puntos y 10 años, contando 0,7 puntos por año de servicio. En esta ocasión la puntuación máxima es de 5 y un máximo de 5 años, por lo que cada año de experiencia cuenta con un punto en este baremo.
La orden también aclara a los futuros opositores el currículo vigente en las distintas enseñanzas, ya que la Lomloe está ya aplicándose en los cursos impares de Secundaria y primero de Bachillerato, y no se implantará en el resto hasta el próximo curso, algo que afecta directamente en la programación que deben defender ante el tribunal así como en la exposición de la unidad didáctica (o tema), que conforman la segunda prueba del proceso selectivo.
En este sentido, la orden da a los opositores dos opciones: Realizar la programación didáctica y la exposición oral de una situación de aprendizaje para los cursos de primero o tercero de Educación Secundaria Obligatoria o primero de Bachillerato, en función de las modificaciones introducidas por la Lomloe. O bien realizar la programación didáctica y la exposición oral de una unidad didáctica para los cursos de segundo o cuarto de ESO o segundo de Bachillerato en función de la anterior ley educativa, la Lomce.
En relación a las enseñanzas de Formación Profesional, sigue en vigor el Real Decreto 1147/2011, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, ya que aún está pendiente de desarrollar la nueva ley de FP.
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