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El proyecto contemplaba cinco huertos solares en Málaga, Granada y Murcia.
Seis años de cárcel por apropiarse del dinero de 70 inversores en huertos solares

Seis años de cárcel por apropiarse del dinero de 70 inversores en huertos solares

El tribunal, que condena a los dos socios de una empresa de energías renovables, considera que se quedaron con 1,6 millones de estas familias

Juan Cano

Domingo, 7 de agosto 2016, 01:30

Dos socios de una empresa creada para comercializar energías renovables han sido condenados por la Audiencia Provincial de Málaga a una pena de seis años de prisión cada uno por apropiarse del dinero de unos 70 clientes. La Sección Tercera, que enjuició el caso, les impone una multa mínima (3.600 euros), teniendo en cuenta su «capacidad económica», pero en cambio les obliga a indemnizar, conjunta y solidariamente, a cada uno de los inversores afectados presentes en la causa. El monto asciende a 1.655.068 euros.

El juicio, que se celebró entre los meses de mayo y junio, sentó en el banquillo a los dos socios de la mercantil Sifa Fotovoltaica S. L., y a la mujer de uno de ellos, que finalmente ha sido absuelta. Las acusaciones hasta ocho diferentes pedían de tres a ocho años de prisión por apropiación indebida, delito por el que han sido condenados.

Aunque en el juicio se estudiaron los casos de unos 70 perjudicados, no están todos los que son. Desde el despacho Martínez-Echevarría Abogados, que representa a buena parte de los afectados, aseguran que se trata de «un montaje a gran escala en que los ahora condenados se han apropiado del dinero de más de cien inversores». La sala destaca el «considerable quebranto para sus economías, mayoritariamente modestas o medias». Aunque casi todos aportaron entre 10.000 y 37.000 euros, hubo quien entregó a la empresa la suma de 154.000 euros.

Los hechos se remontan a noviembre de 2006, cuando los dos condenados crearon Sifa Fotovoltaica, una empresa destinada a captar inversiones en huertos solares, pese a que ambos «carecían de experiencia en materia de energías renovables».

En muy poco tiempo, la sociedad llegó a tener 15 empleados, aparte de los agentes comerciales, y en septiembre del año siguiente emprendió la fase de captación de clientes, anunciando la construcción de cinco huertos solares en Málaga, Granada y Murcia. «Hasta un pobre puede invertir» era uno de sus lemas. Por sólo 10.000 euros, aseguraban sus responsables, se podía acceder a esta rentable inversión, que pasaba por vender la energía cosechada a compañías eléctricas y así obtener rentabilidades fijas cada año. En un «tiempo récord» (hasta junio de 2008) consiguieron firmar un importante número de contratos por los que sus clientes entregaron la suma total de 3.104.634 euros. Su éxito obedeció a la atractiva oferta comercial y al «sistema piramidal articulado para su mejor captación», por el cual se ofrecía a los inversores trabajar también como agentes comerciales a cambio de una comisión, de forma que algunos de ellos introdujeron en el negocio a familiares y amigos.

El tribunal critica que, por el contrario, la actividad de gestión fue «muy escasa o deficiente» prácticamente desde el principio. Además, pese a que en el contrato con el cliente se especificaba la parcela donde se instalaría el huerto, «prácticamente ninguna» de las ofertadas llegó a ser adquirida por Sifa, «al menos en las condiciones necesarias para poder efectuar sin problema alguno la instalación», según la sentencia.

No obstante, pese al «generalizado incumplimiento contractual», la sala considera que no ha quedado acreditado que esa fuera la «deliberada intención» de los empresarios. Sin embargo, sí considera probado que «al menos en los momentos posteriores decidieron de mutuo acuerdo destinar la inmensa mayoría de las ingentes sumas recibidas a otros fines muy distintos de los contractualmente convenidos». Asimismo, pese a la cláusula resolutoria recogida en el documento, se negaron, salvo en casos muy puntuales, a rescindir la relación comercial y devolver las cantidades que los clientes les reclamaban.

El tribunal cita varios ejemplos del «irregular destino de los fondos», como una partida de 8,8 millones dedicada a gastos de establecimiento, «pericialmente calificada de desorbitada», o la de 2,7 millones en gastos de investigación y desarrollo «carente de sentido», según el perito, para una empresa que nada tenía que investigar ni desarrollar. También llama la atención de los magistrados el desembolso efectuado para la compra de 13 vehículos, cinco de ellos de alta gama, la compra de un edificio en Peñíscola y las transferencias realizadas a una mercantil constituida en Letonia.

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