Borrar
La Audiencia de Málaga condena a cinco policías locales de Mijas por tráfico de drogas

La Audiencia de Málaga condena a cinco policías locales de Mijas por tráfico de drogas

Consideran que se lucraron apropiándose de alijos utilizando el uniforme y coches oficiales

Montse Martín

Viernes, 19 de febrero 2016, 14:48

La Audiencia de Málaga ha condenado a los cinco policías locales de Mijas que fueron juzgados por traficar con droga el pasado mes de diciembre. La sentencia de la Sección Primera considera probado que se apropiaron de alijos y se lucraron con el estupefaciente, aprovechándose de su cargo para obtener información y utilizando para ello coches oficiales y uniforme. La resolución condena a cinco años de cárcel al cabecilla y cuatro años y medio al resto de agentes, imponiéndoles además 20 años de inhabilitación a todos ellos, además les aplica la circunstancia agravante de delito cometido por funcionario público. La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

El fiscal en sus conclusiones definitivas aseguró que en la estructura organizativa en la que los policías locales actuaban, uno de los agentes ahora condenado era el jefe y lo era también de su compañero de patrulla, mientras que otro era subordinado del supuesto cabecilla, aunque mantenía el control de su unidad operativa, transmitiendo órdenes a su compañero. La participación del quinto agente, que estaba de baja laboral, era de informador de las operaciones que le proporcionaban sus contactos en el mundo del narcotráfico. Los agentes se hicieron con más de 160 kilos de hachís, que cargaron en el vehículo oficial y ocultaron en el domicilio de un acusado que no era policía.

La acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Mijas se adhirió a la petición de condena de la fiscal. Pero su abogado, Alfredo Herrera, fue más allá al reprochar la corrupción policial, destacando la alarma social que provocan estas conductas: Cuando un político se corrompe, se le puede eliminar no votándolo, pero cuando funcionario, en este caso un funcionario de policía, se corrompe afecta a todo el sistema, a la estructura del Estado, y eso es aterrador.

Los mejor pagados del país

El letrado, además, afirmó que el Ayuntamiento de Mijas no quería que estas personas volvieran a ser policías y recordó que siendo los agentes locales de Mijas los mejor pagados del país -reveló que cobraban16 pagas anuales- e hicieron estas barbaridades, en referencia al tráfico de drogas.

Alfredo Herrera en su informe final destacó que durante algún tiempo las corporaciones locales de Mijas fueron muy laxas en las oposiciones a la Policía Local para beneficiar a algún sobrino o amigo. Dijo que los resultados negativos de los test psicotécnicos se salvaban con entrevistas personales y reveló que se dio, incluso, el caso de una persona que aprobó sin tener carné de conducir.

En el juicio, las defensas de los procesados se limitaron a pedir la nulidad del caso porque consideraron que las intervenciones telefónicas que dieron lugar a la detención de los agentes en 2009 vulneraron sus derechos fundamentales, por lo que solicitaron la absolución.

Los policías de Mijas ahora condenados fueron juzgados e inicialmente absueltos por la Audiencia de Málaga que decretó la nulidad de las intervenciones telefónicas que condujeron a la detención de los implicados tras un supuesto error en la instrucción que determinó finalmente que los supuestos autores de tráfico de droga quedaran libres.

Recurso de la sentencia

La Fiscalía y la acusación particular recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo y éste, en 2014, declaró nula la sentencia y ordenó repetir el juicio. El Supremo explicó que los argumentos utilizados por la Audiencia de Málaga para rechazar la prueba partían de ciertas confusiones y recuerda que la acusación pública quiso aportar la documentación 24 horas después de que las defensas de los policías plantearan que no constaba, lo que no constituía ningún entorpecimiento ni dilación de la causa, aunque finalmente se le denegó a la Fiscalía la aportación de la mencionada documentación.

Además, el Supremo indicó que los documentos que finalmente remitió el fiscal antes de que se celebrara el juicio no podían tildarse de meras fotocopias, como recogió la sentencia de la Audiencia de Málaga, y recordó que la audición de las escuchas había sido admitida por el tribunal como prueba en el juicio. Asimismo, recordó que antes de las cuestiones previas al juicio ninguno de los defensores de los policías locales impugnó expresamente los documentos.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur La Audiencia de Málaga condena a cinco policías locales de Mijas por tráfico de drogas