![La policía hará controles desde este viernes a los viajeros en la estación del AVE](https://s2.ppllstatics.com/diariosur/www/multimedia/202010/29/media/cortadas/ave-maria-zambrano-RMz4Jx8DVLMZltXNvBqu71K-1248x770@Diario%20Sur.jpg)
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«Antes de tu viaje, consulta posibles restricciones o condiciones sanitarias en la web de la comunidad autónoma a la que te dirijas«. Este es el mensaje que se encuentran los usuarios al acceder a la web de Renfe para comprar un billete del AVE en los próximos días. El cierre perimetral de Andalucía, tanto para entrar como para salir, desde las 12.00 de la noche de hoy hasta el día 9 de noviembre, traerá consigo que mañana desde primera hora se establecerán controles de la Policía Nacional en la estación María Zambrano, de manera que los viajeros tendrán que justificar que viajan por motivos incluidos en el decreto, tales como razones laborales, citas médicas o cuidado de personas dependientes, entre otras.
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La operadora ferroviaria anuncia que mantendrá estos días su actual oferta de trenes con Madrid, con entre cinco y seis salidas diarias, en función del día de la semana. Eso sí, ya se han tomado medidas de posventa, y se facilitará a los afectados el cambio o la devolución del billete sin coste adicional. Al respecto, en su web se irá actualizando el listado de destinos a los que sólo se puede viajar con justificante.
En el Puerto de Málaga, a falta de cruceros, que están todos suspendidos desde el confinamiento, serán las dos operadoras marítimas que cubren los servicios de pasajeros con Melilla (Trasmediterránea y Balearia) los que tendrán que articular las medidas para devolver o cambiar los billetes, según explican desde la Autoridad Portuaria. Como en el caso anterior, sólo se puede cruzar hacia o desde la Ciudad Autónoma por motivos justificados. La Policía Nacional y la Guardia Civil se encargarán de controlar los accesos.
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Entre las razones que justifican el desplazamiento de una provincia a otra el BOE recoge las siguientes: asistencia a centros y servicios sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Todo ello deberá estar debidamente acreditado.
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