Borrar
El TSJA niega el rango de convenio a los acuerdos para el fin de la Huelga SUR
Nuevo retraso a la ejecución de la sentencia sobre los atrasos que Limasa debe devolver a la plantilla

Nuevo retraso a la ejecución de la sentencia sobre los atrasos que Limasa debe devolver a la plantilla

Suspenden la sentencia hasta que el TSJA dictamine sobre un litigio paralelo tal y como había solicitado la empresa

Miércoles, 27 de febrero 2019, 13:47

El Juzgado de lo Social número 4 de Málaga ha atendido la petición de la empresa de limpieza Limasa y ha decidido suspender la ejecución de la sentencia que debía resolver sobre los atrasos que debe devolver a la plantilla. Según ha podido saber este periódico, la titular del juzgado ha suspendido la sentencia hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictamine un litigio paralelo el próximo 12 de junio.

Esta decisión vuelve a retrasar la resolución judicial que debe determinar qué derechos laborales debe restituir la empresa a la plantilla en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que es firme, en la que se niega rango de convenio a los acuerdos que pusieron fin a la huelga de diciembre de 2013 y se exhorta a la compañía a retrotraer las condiciones laborales de los trabajadores al único convenio vigente, que es el de 2010-2012.

En la vista celebrada el pasado 19 de febrero, el abogado de Limasa había solicitado la suspensión del procedimiento hasta que se resuelva el litigio paralelo que sigue vivo en el Juzgado de lo Social 12, que ya se pronunció el pasado octubre en la misma línea pero que fue recurrido por la empresa ante el TSJA.

Los conceptos del convenio que están en litigio son la actualización de las tablas salariales, las pagas extras, la paga de productividad y la ayuda de diciembre (equivalente a la cesta de Navidad), así como determinar si cabe compensación por la no renovación del vestuario. La versión que defiende la empresa es que ya ha cumplido con la ejecución de la sentencia mediante el abono el pasado noviembre de una media de mil euros por trabajador. Para ello, el letrado ha intentado incluir como prueba las nóminas, pero ha sido rechazada por la jueza porque en este procedimiento no se va a entrar en las cuantías individuales que correspondan a cada empleado.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Nuevo retraso a la ejecución de la sentencia sobre los atrasos que Limasa debe devolver a la plantilla