Una nueva normativa va a obligar a numerosas comunidades de propietarios en Málaga a echar números para afrontar la adaptación de sus ascensores a unas exigencias técnicas que redunden en una mayor seguridad. En algunos casos, bastará con el cambio o reparación de una pieza ... para cumplir con la llamada Instrucción Técnica Complementaria (ITC AEM 1), que tiene su origen en el Real Decreto 355/2024, aprobado por el Gobierno el pasado mes de abril, pero, en otros, la obligación de ceñirse a la nueva regulación puede suponer la sustitución del elevador por otro nuevo y acometer unas obras que se alarguen durante semanas y disparen el presupuesto comunitario.
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Así, en mayor o menor medida, cuatro de cada diez comunidades de vecinos en Málaga se verán afectadas y tendrán que acometer alguna reforma para atenerse a una disposición del Ministerio de Industria que entrará en vigor el próximo 1 de julio. «Será una adaptación progresiva, de modo que cada comunidad la irá realizando cuando le toque su revisión», ha aclarado Manuel Jiménez, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, a quien esta normativa no le ha pillado por sorpresa. «Llevan años anunciando que su entrada en vigor sería inmediata y eso ha permitido que las empresas se hayan ido preparando y, también, que muchos sistemas estén ya adaptados».
La razón tras las exigencias de prestaciones y ajustes es mejorar la seguridad de los ascensores, tanto los que hay en bloques de pisos –la mayoría– como los situados en edificios de oficinas, recintos privados o equipamientos públicos. El objetivo es incorporar las medidas de seguridad que tienen los nuevos ascensores en los elevadores más antiguos. Y para ello, la nueva norma se fija en una serie de requisitos técnicos que tienen que cumplirse obligatoriamente y que pasan por la nivelación de los elevadores para corregir el posible escalón entre el interior del mismo y la parte exterior, con el objetivo de evitar accidentes, o la detección de personas para que las puertas automáticas no las golpeen al entrar o salir. Y es que los más antiguos suelen tener instaladas dos fotocédulas en la parte inferior, mientras que los más modernos disponen ya de sistemas de barreras fotoeléctricas que cubren una mayor superficie.
Otra de las condiciones que añade la regulación es que los ascensores cuenten con una sistema de comunicación bidireccional para que en caso de que una persona se quede atrapada por una parada imprevista pueda comunicarse con el exterior para pedir ayuda y recibir instrucciones. Asimismo, aumenta la protección del usuario frente a los movimientos incontrolados de la cabina, tanto ascendentes como en reposo y con las puertas abiertas.
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Quizá la mejora más costosa, pero que no se aprecia a simple vista, sea la sustitución en todos los ascensores –sólo se libran los catalogados como patrimonio histórico– de las guías de cabina o contrapeso cilíndricas huecas, de raíl o de madera.
Por último, la nueva norma también obligará a tener dispositivos de control que impidan una sobrecarga del elevador, «siempre que sea técnicamente viable y no implique la sustitución del cuadro de maniobra», detalla el BOE. Los catalogados que usen guías antiguas, para compensar que no las modernizarán, «deberán reducir al 50% su carga».
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Los montacargas que tengan que pasar una revisión (en las comunidades es cada cuatro años, porque se refiere a edificios de más de 20 viviendas o con más de cuatro plantas) a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa el próximo 1 de julio deberán estar preparados para cumplir con estas nuevas condiciones de seguridad; en caso de que les falte alguna de ellas deberán solventarlo en un plazo que dependerá del tipo de arreglo que sea necesario. En este sentido, todos aquellos defectos leves que no hayan sido subsanados tras la inspección programada «pasarán a ser graves en la siguiente inspección». De igual modo, advierte la norma, la empresa de mantenimiento se verá obligada a parar el ascensor si la comunidad no acredita que la inspección periódica obligatoria se ha realizado cuando le tocaba o ha dado el visto bueno a las deficiencias.
La adaptación a la nueva normativa estatal sobre ascensores va a suponer un desembolso económico para un gran número de comunidades de vecinos en Málaga. Arreglos para cumplir con el real decreto que pueden ir desde los 350, 600 o 1.000 euros, si sólo es cambiar o arreglar una pieza, a los más de 30.000 si conlleva la sustitución del ascensor por otro nuevo. No obstante, el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, Manuel Jiménez, llama a la calma porque de ese número total de comunidades que se verán afectadas, cree que sólo una minoría tendrá que cambiar sus elevadores y pone un ejemplo: «Yo llevo 130 comunidades y únicamente dos tendrán que sustituirlos». Una medida que, de tener que ejecutarla, tanto el administrador como el presidente estarían facultados legalmente para llevarla a cabo, «porque nos obliga la ley y porque afecta a la seguridad del edificio». No requeriría, por tanto, el acuerdo de una junta de propietarios. Sin embargo, al ser un asunto económico, Jiménez recomienda incluir este asunto en un orden del día para informar a todos los vecinos de por qué es necesaria esta adaptación, para que valoren el presupuesto previamente solicitado de la actuación que haya que hacer y para que decidan cómo lo afrontan, si se asume con fondos propios de la comunidad –si los tiene– o si el gasto es elevado, acordar una derrama o la solicitud de un préstamo. «Lo más gravoso será cuando haya elevadores que, por su antigüedad y obsolescencia, no quede más remedio que cambiarlos». Asimismo, Jiménez hace un llamamiento para que las comunidades que actualmente no tienen ascensor y cuentan con más de tres plantas de altura aprovechen las ayudas previstas en el Plan Ecovivienda de la Junta de Andalucía. «Aunque son para medidas de eficiencia energética, pueden contemplarse otras de accesibilidad (un ascensor, por ejemplo) si concurre en la misma actuación». Igualmente, indica Jiménez, hay otras con fondos propios del Gobierno autonómico sólo para accesibilidad y dos del Ayuntamiento de Málaga, una para rehabilitación de edificios (aún vigente) y otra propiamente de accesibilidad, que se convocará en diciembre.
En cualquier caso, Jiménez asegura que los administradores de fincas están acostumbrados a afrontar normativas del Ministerio de Industria y que, en este caso, valora positivamente la nueva reglamentación sobre ascensores, un sector que a su juicio goza de un «alto nivel de fiabilidad», dado que en los últimos ocho años ha incluido algunos de los estándares que ahora serán obligatorios, como el de la comunicación bidireccional o sistemas automáticos que permiten a la máquina anticiparse a la avería y dar cuenta a la central. «Los ascensores de ahora poco tienen que ver con los de antes y, aunque es un campo que nos preocupa a los administradores de fincas por ser un recurso muy usado y fundamental en una comunidad, no tenemos registros de incidencias graves en Málaga».
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