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Tras una larga tramitación desde el pasado mes de diciembre de 2022, cuando fue aprobada por primera vez en la junta de gobierno local, por fin se le daba el visto bueno en el pleno del Ayuntamiento de Málaga del pasado mes de septiembre a ... la modificación de las ordenanzas de Convivencia Ciudadana con el objetivo de amonestar e incluso multar a las despedidas de soltero que van dando el cante generalmente por el Centro de Málaga, que se habían vuelto muy común en los últimos tiempos, y de las que había quejas de los residentes así como de los grupos de la oposición para que se les pusiera coto. Si bien la normativa inicial fue aprobada en 2019, la actual modificación es muy específica con las nuevas conductas que llevan aparejadas las despedidas de soltero por lo que el artículo 36 tipifica que, salvo autorización municipal para lugares concretos (se entiende que el Ayuntamiento de Málaga se cura en salud ante espectáculos y fiestas como el carnaval, una celebración en la que se da rienda suelta a la imaginación y los atuendos son de lo más variopinto) se prohíbe transitar o permanecer en la vía o espacios públicos sin ropa o únicamente en ropa interior, e incide especialmente en los dos elementos que son el summun de las actuales despedidas de soltero: prohibido llevar ropa que represente los genitales del ser humano o llevar muñecos y muñecas inflables o elementos de carácter sexual.
¿Cómo procederá la policía ante estos espectáculos? Pues primero, y como se explica en el artículo 38, los agentes informarán a los que incumplan estas reglas de que esto no se puede hacer en Málaga por las normas de convivencia, y si persisten en su actitud, se procederá a la formulación de la denuncia pertinente, que según la normativa sería una infracción leve, y podría llegar a los 750 euros en estos casos. Sin embargo, como el artículo es más extenso, hay un apartado número 5, que prohíbe expresamente «las prácticas sexuales y el ofrecimiento, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales y el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales en la vía pública, cuando estas prácticas afecten a la convivencia ciudadana», lo que se entiende por el ejercicio de la prostitución, que conlleva multas graves, de 750 a 1.500 euros, cuando se produzcan estas prácticas, y cuando se ejerza directa o indirectamente con acompañamiento de menores o personas con discapacidad (sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en el Código Penal). En la ordenanza también se especifica que las multas que se recojan por este último concepto tendrán un uso finalista como es destinarlo de forma íntegra a «sufragar programas municipales de ámbito social, de formación y empleo, para aquellas personas que ejerzan el trabajo sexual en los términos previstos en esta ordenanza y en especial a aquellas que decidan abandonar su ejercicio, atendiendo así a las víctimas de esta lacra», tal y como reza en el artículo 38.
Málaga ya ha aprobado su normativa de Convivencia para restringir el espectáculo de las despedida de soltero, pero ya hay ciudades andaluzas como Sevilla o Córdoba que estudian tomar estas medidas para evitar este turismo de borrachera y espectáculo chusco, en el que la capital de la Costa del Sol ha sido pionera.
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