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El litigio entre Limasa y comité a cuenta del convenio vuelve a suspenderse en los tribunales

El litigio entre Limasa y comité a cuenta del convenio vuelve a suspenderse en los tribunales

La jueza acepta la solicitud de los sindicatos de paralizar el procedimiento hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre una causa paralela

Francisco Jiménez

Málaga

Miércoles, 15 de noviembre 2017, 17:54

El litigio judicial que mantienen Limasa y comité de empresa a cuenta del convenio colectivo vuelve a paralizarse. La titular del Juzgado de lo Social número 12 ha decidido este miércoles suspender el procedimiento hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso presentado por la empresa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en una causa paralela dio la razón a un sindicato sin representación en el comité (Sindicato de Trabajadores de la Administración Local) al determinar que los acuerdos que pusieron fin a la huelga de 2013 (válidos hasta el 31 de diciembre de 2015) no tienen rango de convenio.

Es decir, que los recortes aplicados entonces a la plantilla no deberían quedar consolidados en el nuevo marco laboral. La suspensión ha sido propuesta durante el juicio celebrado hoy primero por CC OO, aunque luego se han sumado el resto de fuerzas sindicales, alegando que es preferible esperar a lo que dictamine el Supremo. La empresa no se ha opuesto a este petición, por lo que el procedimiento judicial vuelve a paralizarse y no se retomará hasta el pronunciamiento del Alto Tribunal.

La causa se ha reanudado este miércoles tras más un año de paréntesis, ya que la jueza decidió en septiembre de 2016 archivarla provisionalmente e instar a las partes a retomar el diálogo. Y así lo hicieron, pero sin ningún avance, así que unos y otros se lo jugarán todo a una carta en forma de sentencia. Sin embargo, la petición de los sindicatos supone un nuevo freno. Hasta ahora, son tres los fallos judiciales sobre esta cuestión que han dado la razón a los trabajadores, aunque ninguno ha llegado a materializarse. A la primera sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 en junio de 2015 le siguió una segunda (diciembre de ese mismo año) del número 8 en la que, sin negar la validez de los acuerdos que desactivaron la huelga sí que venía a remarcar que “no tiene naturaleza de nuevo convenio colectivo que venga a sustituir o suceder al anterior”.

Éste último fallo fue recurrido por Limasa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), aunque posteriormente dio marcha atrás como parte del compromiso adquirido en el pacto que permitió desconvocar el paro de 11 días que padeció la ciudad en marzo de 2016 para dejar la decisión en manos del Juzgado de lo Social número 12.

De forma paralela a este litigio, el tribunal andaluz ordenó el pasado julio a Limasa que reponga a la plantilla las condiciones de trabajo que tenían antes del acuerdo de 2013 al estimar el recurso presentado por el Sindicato de Trabajadores de la Administración Local (STAL), que no tiene representación en el comité de empresa. En su pronunciamiento, los magistrados negaron carácter de convenio al acuerdo que puso fin a las protestas ya que no llegó a ser inscrito como convenio colectivo en la Autoridad Laboral (Junta de Andalucía) ante la negativa de los seis sindicatos con representación a firmarlo. La ejecución de esta sentencia está pendiente del recurso ante el Tribunal Supremo que presentó la empresa. De confirmarse en los juzgados la tesis de los trabajadores, la plantilla debería recuperar todos los recortes sufridos en los últimos años: la paga de productividad (1.431 euros), descansar todos los fines de semana, disfrutar las vacaciones en verano, poder trabajar los festivos que se pagan a 140 euros, percibir el complemento a cargo de la empresa en caso de hospitalización o incapacidad hasta alcanzar el 100% de la base reguladora, recibir un uniforme completo en invierno y otro en verano, y la cesta de Navidad, valorada en 68 euros.

Por si fuera poco, el asunto se complica porque posteriormente empresa y sindicatos firmaron un nuevo acuerdo, el que permitió desconvocar la huelga de marzo de 2016, que está vigente hasta que se pronuncie el Juzgado de lo Social número 12.

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