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Ley de la Segunda Oportunidad: cómo empezar de cero sin deudas

Ley de la Segunda Oportunidad: cómo empezar de cero sin deudas

Aumenta un 80% la cifra de particulares que presentan concurso de acreedores en los juzgados de Málaga en estos dos últimos años

Sábado, 5 de junio 2021, 01:12

El 4 de diciembre de 2019, Rafael Torres empezó de cero tras sufrir un auténtico infierno. A sus 70 años y con una pensión como único ingreso, se vio abocado a «tirar de tarjetas» para sacar a la familia adelante. «Mis dos hijos, que viven conmigo, están parados y uno de ellos tiene un hijo a cargo», aclara este malagueño. «Sin querer y sin saber las consecuencias, me fui endeudando hasta que llegué a deber más de 20.000 euros», admite Torres.

Dejó de tener vida para padecer un calvario. Y empezó su vía crucis: noches en vela, hostigamiento de los bancos e impotencia para salir de aquella espiral endemoniada. «Pagaba intereses, pero siempre quedaba la deuda original y la bola era cada vez más grande; inasumible», recuerda Torres. Sin saber qué hacer ni a quién acudir, recurrió a Internet como quien se encomienda a un oráculo. La red le puso sobre la pista. Empezó a leer sobre la Ley de la Segunda Oportunidad y se agarró a aquella información como a un clavo ardiendo. Reconoce que al principio desconfió, pensó que era un «timo» más de los que circulan por las redes, pero «peor ya no podía estar» y decidió probar suerte. Contactó con los abogados de Repara tu deuda y en un año, después de mucho papeleo, un juez lo liberó de todo lo que debía. «Me trataron como a una persona cuando estaba realmente hundido y eso es de agradecer», relata este pensionista que no quiere volver a oír hablar de préstamos. «Desde aquel 4 de diciembre de 2019 en que recibí el auto del juez, ni un crédito de tarjeta más. Se acabó lo de entramparme, ahora nos apañamos con lo que hay y punto. He salido muy escarmentado de esta mala experiencia», sentencia Torres.

Como él, particulares ahogados por préstamos personales, emprendedores fracasados que avalaron su proyecto empresarial con bienes personales o autónomos obligados a cerrar sus negocios y a asumir una deuda que no podían pagar han recurrido en estos últimos años a la ley 25/2015, de 28 de julio. Hasta esa última reforma, solo las empresas contaban con un recurso legal para declararse en quiebra y pedir la exoneración de sus pasivos en casos de insolvencia, mientras particulares y autónomos estaban condenados a morir con ellas. Podían ser perseguidos de por vida por sus acreedores, aunque ya no tuvieran nada. Una condena, hasta entonces sin redención, que hoy cuenta con la Ley de la Segunda Oportunidad para obtener el 'perdón' de todas las pellas, hasta cinco millones de euros, siempre y cuando se haya actuado de buena fe (no haber cometido delitos socioeconómicos) y se haya intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores para aplazar el débito y fijar un calendario de pago inferior a diez años o su liquidación con bienes propios.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, estos acuerdos extrajudiciales (tutelados por un juez y en los que interviene un mediador concursal) fracasan. «Sirven de poco, solo para demostrar que el afectado ha intentado negociar con los acreedores. En la práctica, tiene poca viabilidad y no está siendo muy práctico. Pero es un requisito para obtener la cancelación de la deuda. Si se llega a un acuerdo, bien, se hace una escritura ante notario. Pero, si no, se presenta una demanda de concurso ante el juzgado», explica Ana Isabel García, abogada de Repara Tu Deuda.

En Málaga, los procesos de mediación concursal se han incrementado un 40 por ciento, pasando de 60 en 2019 a 88 el pasado año, según el Colegio Notarial de Andalucía. Sin embargo, no todos llegan a buen puerto, tal y como constata su vocal en Málaga, Ramón Blesa. «En muy pocas ocasiones se llega a un acuerdo con los acreedores en ese proceso de mediación, porque no suelen aceptar la propuesta de pago y, al final, acaba en el juzgado», confirma el notario.

En el orden de prioridad de cobro, los primeros en hacerlo son los bancos que han concedido una hipoteca al deudor, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria; después, los acreedores del procedimiento (mediador, administrador concursal, abogado, procurador...) y, por último, las entidades que concedieron préstamos personales y créditos al consumo. Algunos ciudadanos lo pierden todo por el camino, porque el poco o mucho patrimonio que tienen se liquida en el proceso concursal para pagar las deudas. Eso incluye, en ocasiones, la vivienda, de modo que si hay dación en pago y aún resta por pagar la hipoteca, ésta se condonaría. Pero no siempre hay que sacrificar la casa. «Si es vivienda habitual, el afectado está al corriente del pago del préstamo hipotecario y su importe es más o menos igual al valor de mercado no tiene por qué perderla», subraya García.

Sin embargo y pese a las aparentes bondades de esta norma, el número de españoles que ha recurrido a ella para salir a flote es irrisorio con respecto a otros países europeos. En 2019, año anterior a la pandemia (en 2020 se redujeron por la suspensión de los plazos procesales) y en el que se contabilizaron más casos desde la implantación de la ley, se registraron 3.454 procesos concursales (2.983 de particulares y 471 autónomos), según refleja la estadística del INE, un 40% más que el año anterior, pero aun así está muy lejos de los más de 100.000 de Alemania y del Reino Unido.

No obstante, resulta revelador el incremento de un 80% de particulares que presentaron concurso de acreedores en juzgados de Primera Instancia de Málaga en estos dos últimos años, pasando de 97 en 2019 a 175 el pasado año, según el último informe sobre el 'Efecto de la crisis en los órganos judiciales', del Consejo General del Poder Judicial.

Pero esta ley no lo perdona todo. Hay deudas que son 'sagradas', como las contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Por eso, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) considera que la Ley de la Segunda Oportunidad «tiene de eso solo el título, porque esas deudas con la Administración pública son las que más hunden al autónomo. Ni siquiera se paralizan los recargos mientras dura el procedimiento concursal que, además, le cuesta dinero (mediador, abogado, procurador), porque en este caso no hay justicia gratuita», denuncia la vicepresidenta, Celia Ferrero. «Muchas veces es más caro el collar que el perro. Son procedimientos que se alargan demasiado en el tiempo con el inconveniente de que cuando se acude a ellos ya es demasiado tarde». Por eso, tiene depositada su esperanza en una directiva europea, ya aprobada y pendiente de su traslado al ordenamiento jurídico español, que establece una serie de mecanismos de asistencia al empresario antes de que llegue a una situación de preconcurso o concurso, entre ellas, una serie de moratorias y plazos, que le permitirían volver a emprender».

Además, en esa futura ley está previsto que se recoja los fundamentos de una sentencia del Tribunal Supremo del 2 de julio de 2019. «En ella, diferenciaba el montante principal de la deuda pública, de lo que pueden ser intereses de demora, recargos y sanciones. Y dictaba que de esa parte principal, había que pagar la mitad y el otro 50% restante, junto con los intereses de demora, recargos y demás, quedaban exonerados», precisa García.

Por el momento, España ha pedido una prórroga para incorporar esa directiva europea a la normativa española. Mientras tanto, la exoneración de la deuda pública queda en manos de cada juez, «pero la ley de Segunda Oportunidad lo que busca, precisamente, es no llegar a esa fase», apostilla la portavoz de la ATA.

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