El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Málaga ha emitido una sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, en la que rechaza el recurso presentado por la Asociación Ciudadana Málaga por su Catedral en el que se exigía a la Gerencia Municipal de Urbanismo que ordenara la finalización del monumento tal y como quedó diseñado en los planos del siglo XVIII al considerarlo como una obra inacabada, y por tanto contraria a la normativa urbanística.
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El fallo judicial, que puede ser recurrido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), señala que existe una «clara inviabilidad» en la pretensión de la asociación recurrente de acometer unas obras que supondrían «un cambio en la configuración del bien inmueble, y sin duda construir una nueva torre hasta ahora inexistente lo es». «Ni se trata de obras que haya que acometer cautelarmente para salvaguardar la Catedral (ninguna amenaza existe para el elemento patrimonial que deba ser conjurada de manera inmediata con la construcción de una nueva torre), ni tampoco de obras que se integren en proyecto de conservación alguno», remarca la sentencia, en la que se insiste en que cualquier actuación que se desee realizar sobre la Catedral debe contar con el visto bueno previo de la Consejería de Cultura, que se personó en este procedimiento judicial para rechazar los argumentos de la asociación, como también hizo la Gerencia Municipal de Urbanismo.
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