El jaque mate tendría que esperar
La Casona del Parque ·
El decreto de alarma suspende los plazos administrativos, por lo que los 10 días necesarios para fechar un pleno, de presentarse una moción de censura, quedarían en el aireSecciones
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El decreto de alarma suspende los plazos administrativos, por lo que los 10 días necesarios para fechar un pleno, de presentarse una moción de censura, quedarían en el aireLa Casona virtual es lo que tiene. Las caras se pierden en las llamadas telefónicas y en los WhatsApp, y verle el rostro al que habla es un necesario punto de partida. Se da el caso de que las palabras pueden ir por un sitio ... y los gestos, por otro. De ahí, que la comunicación no verbal sea decisiva. n esas interlocuciones algo fallaba. Mientras que la edil naranja, Noelia Losada, parece resignada pero liberada, la tranquilidad de los concejales populares era demasiado pasmosa. Demasiado irreal para lo que podría estar en ciernes: una moción de censura con el torbellino exnaranja Cassá como llave. Un poder absoluto que le han dado las urnas en esta tesitura: un solo voto entre 31 que rompe la mayoría y eleva a la minoría. El número 16 entre dos bancadas de 15, la derecha y la izquierda. El súmmum.
Esa supuesta calma chicha entre los populares escamaba. ¿Por qué están tan tranquilos? No es comprensible. Llamaba la atención, incluso, que en la pasada comisión especial informativa Covid-19, el trato fuese cordial entre el equipo de gobierno y la oposición, pero que no hubiera apenas gestos. Raro. Así que, tirando de la madeja, tocó ir sumando las distintas percepciones para ver por qué estaban confinados sin felicidad, pero sin sobresaltos. Pues bien, terminada la ronda y consultados a juristas y a habilitados nacionales de la provincia, que han preferido mantenerse en el anonimato, hay tres razones de peso sobre la mesa por las que tendría que esperar una moción de censura en el caso de que la urdiera el ala izquierda del Ayuntamiento, liderada por el socialista Dani Pérez, que sigue sin abrir la boca, una actitud francamente sorpresiva porque si algo le caracteriza es tener opinión de prácticamente todo.
La primera de las causas de por qué no saldría adelante una moción de censura en estos días es que no podría fecharse el pleno extraordinario que se necesitaría para culminarla porque los plazos administrativos están suspendidos por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. Sí que es cierto que por acuerdo con los interesados, licencias de obra, licitaciones o en otros asuntos se podrían activar los plazos administrativos si así lo considerara el alcalde Francisco de la Torre y la junta de gobierno local, pero, ¿iban a decidirlo para una moción de censura en su contra? En segundo lugar, también podrían activarse los plazos por asuntos de interés como «los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios». Pero una moción de censura no cabría en estos supuestos, según los habilitados nacionales consultados.
Hablando de plazos, los juristas recuerdan que hay un caso muy cercano con una moción de censura en Cómpeta, que se quedó en el aire porque, como explicó el aún alcalde socialista José Moyano a este periódico, la sesión plenaria prevista para el 23 de marzo, 10 días hábiles después de que la moción fuese registrada, había sido aplazada porque en el estado de alarma los periodos son inhábiles a efectos administrativos y por consiguiente el cómputo de días para celebrar el pleno también quedó en suspenso.
Es decir, como poco si el estado de alarma acabara el día 24 de mayo, según lo aprobado hasta la fecha por el Gobierno, harían falta 10 días hábiles a contar desde el 25 para celebrar el pleno extraordinario y culminar la moción de censura, en el caso de que los ediles que la fuesen a llevar a cabo presentaran la documentación el 24. Como pronto, el 5 de junio.
Tercero, también chocaría con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público por la que las reuniones de órganos colegiados pueden celebrarse de forma electrónica, pero según una disposición adicional esto no es aplicable ni a los órganos de gobierno del país, ni de las comunidades autónomas, ni de las entidades locales, de ahí que las sesiones del Congreso y los plenos deban ser presenciales, y esto no sería viable porque todos los ediles en Málaga no podrían ocupar sus puestos por la necesaria distancia de seguridad. Y por último, está suspendida la actividad administrativa ordinaria. Así que hagan cábalas, las que consideren, pero hasta dentro de un mes, el 5 de junio, no habría nada nuevo que hablar.
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