El Ayuntamiento de Málaga ya tiene la herramienta que precisaba para cobrarle a las tiendas y restaurantes una tasa anual por los expositores que ponen en las aceras y también para gravar a las empresas de alquiler de patinetes eléctricos por el uso de los estacionamientos habilitados para este tipo de vehículos en distintos puntos de la ciudad. Desde este miércoles está en vigor la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública, en virtud de la cual los operadores de movilidad urbana tendrán que abonar 287,57 euros anuales por cada metro cuadrado concedido, la misma cuantía que también se les liquidará a los establecimientos de alquiler de bicicletas o 'segways' por el espacio que ocupan a las puertas del negocio.
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De forma paralela a la regulación de estas tarifas, el nuevo marco normativo también amplía el listado de hechos imponibles por uso privativo de la vía pública para tiendas y restaurantes extendiéndolo más allá de las sillas, mesas y toldos de las terrazas. El texto abarca ahora a todos «los elementos destinados al ornato colindante al negocio y la ocupación del dominio público con instalaciones diferentes a los expositores comerciales o similares y que se ofrezcan al público para prestar un servicio». Bajo este epígrafe se encuadran la cartelería informativa de productos u ofertas, las mesas donde algunos restaurantes colocan la carta de precios o los maceteros para delimitar sus terrazas e incluso los expositores característicos de imanes y postales de las tiendas de 'souvenirs'. A estos elementos se les podrá aplicar la misma tasa de 287,57 euros anuales por metro cuadrado a partir de hoy, una vez que la ordenanza aprobada por el Pleno el pasado 25 de junio ha entrado en vigor tras su publicación ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Con esta incorporación se pretende cubrir el vacío normativo que, hasta ahora, impedía al Consistorio sacarle partido al beneficio económico que estos negocios obtienen por el uso privativo de la calle. «Hasta ahora sólo se incluían las mesas, sillas y toldos, quedándose fuera expositores y otros elementos de los establecimientos, así que si se les liquidaba era por ocupación de hecho; es decir, que cuando se detectaba algún elemento no autorizado se cobraba una tasa directamente en el Área de Comercio. Ahora, al estar incluido, no sólo se generaliza el pago de la tasa, sino que incluye sanciones si no se abona», explica la concejala de Comercio y Gestión de la Vía Pública, Elisa Pérez de Siles.
En cuanto a las empresas de alquiler de vehículos de movilidad urbana, la edil corrobora que a partir de ahora empezará a liquidar a las tiendas que organizan rutas turísticas en bicis y 'segways' cuando ocupen la acera delante de sus escaparates.
Respecto a los patinetes, este departamento municipal ya ha solicitado al Área de Movilidad que le remita un listado con las empresas que utilizan la treintena de puntos de estacionamiento habilitados por el Ayuntamiento en abril del año pasado a raíz del bando municipal que prohíbe dejar estos vehículos en aceras y zonas peatonales. Un texto provisional a la espera de que se haga efectiva la nueva ordenanza de Movilidad que regula el uso de los patinetes en general (tanto de alquiler como privados), que precisamente fue aprobada ayer con la previsión de que entre en vigor antes de que acabe el año y en la que, entre otras cuestiones, contempla su consideración como vehículos. Por tanto, tendrán que circular por la calzada (igual que los coches, las motos y las bicis) y los carriles bici, no pudiendo ir o aparcar sobre las aceras, paseos marítimos y zonas peatonales como las del Centro, con algunas excepciones.
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La entrada en vigor de la nueva ordenanza reguladora de las tasas por ocupar la vía pública también lleva aparejada la anunciada rebaja a la mitad de la tarifa que se cobra a los 457 quioscos que hay en la ciudad. Una medida que ya estaba contemplada por el Ayuntamiento antes de que estallara la crisis del coronavirus debido a la merma de ingresos que vienen arrastrando estos negocios en los últimos años pero que se ha visto acentuada durante la pandemia. Por ello, aunque la modificación normativa es válida a partir de hoy, se aplicará con efecto retroactivo desde el pasado 1 de enero.
En virtud de las nuevas tasas, los quioscos de venta de caramelos y frutos secos abonarán entre 37,05 y 94,69 euros anuales (entre 41,48 y 106,68 su superan los 4 metros cuadrados) en función de la categoría fiscal de la calle. Por su parte, los establecimientos de prensa con o sin caramelos, fotografía y otras actividades deberán abonar entre 48,17 y 106,30 euros si no tienen más de 4 metros cuadrados de superficie, y entre 53,77 y 118,43 si son más grandes.
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