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Los hechos ocurrieron en 2009 y 2010 en la sede central. P. R. Q.
Un año de cárcel para un funcionario de Málaga por usurpar el Facebook de su compañera

Un año de cárcel para un funcionario de Málaga por usurpar el Facebook de su compañera

La Casona del Parque ·

La Audiencia Provincial le multa con 2.300 euros por un delito contra la intimidad y coacciones y le inhabilita un año para presentarse a elecciones

Lunes, 12 de febrero 2018, 00:43

La trama serviría perfectamente para un capítulo de ‘House of Cards’ con alguno de sus malévolos protagonistas robando la contraseña de Facebook de una de sus compañeras y dejándola a los pies de los caballos ante centenares de personas. Pero, no se trata de un serial, no es en modo alguno ficción y ha acontecido en el Ayuntamiento de Málaga. La Audiencia Provincial ha condenado, en segunda instancia, a un funcionario de la Casona por un delito contra la intimidad y coacciones a una compañera al usurpar su cuenta de Facebook basándose en el artículo 197 del Código Penal, que hace referencia al que para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad del otro, sin su consentimiento, se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualquiera de otros documentos o efectos personales, intercepte comunicaciones, etc, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y una multa de doce a veinticuatro meses.

En este caso, los hechos ocurrieron en 2009 y 2010, y el funcionario, que trabajaba la sede central del Ayuntamiento, ha sido condenado a una pena de un año de cárcel, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo (es decir presentarse a unas elecciones) durante el tiempo de condena y doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad penal subsidiaria, caso de impago, de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que resulten impagadas por un delito contra la intimidad. También es condenado por coacciones a una pena de veinte días de multa con una cuota diaria de seis euros, que sumarían en total unos 2.300 euros. En ambos casos, se le impone las costas procesales. La jurisprudencia, como explica el texto de la sentencia, viene considerando sin fisuras que la usurpación de la identidad en las redes sociales y la manipulación de su contenido es constitutiva de delito.

El caso es que el funcionario encontrado culpable, según el relato de los hechos, se hizo con la clave de Facebook de la víctima. Tanto el condenado como la demandante optaban a un puesto de mejora profesional, por lo que el demandado escribió sendos mails a personas relacionadas con un proyecto cultural en el Ayuntamiento en el que hablaba de la falta de profesionalidad de la víctima. Además, en el Facebook de la misma, que había sido usurpado por el condenado, se le imputaba a la víctima un comportamiento poco edificante. En concreto, se entendía que ella misma decía (puesto que era su Facebook) que se iba a de compras en su horas de trabajo. También escribió el demandado otro mail a insidioso a otra compañera sobre la demandante, y se quejó directamente a un superior, manifestándole su disgusto por el ascenso que finalmente obtuvo la víctima, «llegando a decir que no le hubiese importando que fuese cualquier otro pero no la denunciante».

Por estos motivos, los jueces fallan que hay datos objetivos que permiten concluir que fue el condenado, el que movido por una enemistad profesional importante y por la pretensión de medrar personalmente en perjuicio de la denunciante, entró en su ordenador, que se encontraba en el despacho contiguo al suyo, y alteró su contraseña. De hecho, los correos dirigidos a desprestigiarla se hicieron desde las direcciones IP del domicilio del demandado, por lo que entiende la Audiencia Provincial que fue también el acusado el que alteró la contraseña del correo de la denunciante y remitió mails haciéndose pasar por ella, puesto que no estaba a favor de su ascenso. Además, y para más inri, fue desde la dirección IP de la esposa del acusado, precisamente en su domicilio, desde donde se remitieron los correos referentes a la denunciante, que tuvieron repercusión en más de diez mil personas.

Como colofón, el condenado no irá un año a la cárcel porque no tiene antecedentes penales, pero el hecho es que la condena quedará en su expediente personal de por vida. Sentencias así ponen de manifiesto que no se puede jorobar al de al lado a toda costa. Que asuntos que a algunos pudieran parecerle menores, como usurpar una cuenta de Facebook, no lo son. Aunque el condenado y la víctima trabajaban en el mismo espacio municipal, hoy día, afortunadamente para ella, y según ha podido constatar esta sección, lo hacen en edificios diferentes. No es ‘House of Cards’. Es Málaga, en la misma sede de la Casona del Parque. ¿Parece increíble, verdad?

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