La Junta de Andalucía está ejerciendo diligentemente como correa de transmisión del Ayuntamiento de Málaga y ya ha remitido a un buen número de propietarios de viviendas turísticas una orden de cancelación de esos alquileres vacacionales por no disponer de acceso y suministros independientes del edificio en el que se ubican. Son ya 1.560 los expedientes trasladados por la Gerencia Municipal de Urbanismo a la delegación de la Consejería de Turismo para que anule el uso turístico de estos pisos por incumplir lo reflejado en la instrucción que el Consistorio aprobó el pasado mes de junio para ponerles freno.
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No obstante, al tratarse de un procedimiento novedoso tanto para los funcionarios de la administración regional como para los propietarios de las viviendas turísticas que se ven afectadas por esta medida, existen muchas dudas sobre cuáles van a ser sus efectos prácticos. En las notificaciones que están recibiendo los propietarios de pisos turísticos que deben ser cancelados por incumplir la instrucción municipal, la Junta les otorga un plazo de diez días hábiles de plazo (sin contar los fines de semana ni festivos) para presentar sus alegaciones en contra de esta medida.
Esas alegaciones, para las que muchos de los propietarios están buscando asesoramiento legal a nivel particular y también en el ofrecido por la Asociación de Profesionales de Viviendas Turísticas de Andalucía de forma gratuita para sus socios, serán respondidas por Turismo previa consulta al Ayuntamiento. De hecho, en las resoluciones que están recibiendo los dueños de los pisos afectados por la instrucción municipal, la administración autonómica señala que están incumpliendo la normativa vigente del Plan General de Ordenación Urbanística en materia de hospedaje (un uso que debe contar con accesos e instalaciones independientes si se encuentran en un edificio de viviendas) «según lo manifestado en el escrito del Ayuntamiento de Málaga». Ese escrito es la relación de viviendas turísticas a cancelar que Urbanismo remitió a Turismo el pasado 30 de agosto.
Si los propietarios no logran demostrar que su vivienda cumple la instrucción municipal de accesos y suministros independientes, la Junta procederá a su cancelación en el registro oficial de Turismo en el que sus propietarios la inscribieron mediante la fórmula de la declaración responsable. No obstante, según han aclarado fuentes de la administración regional a consultas de SUR, hay dos fórmulas para poder zafarse de esa anulación, una vez que se produzca una resolución definitiva por parte de la delegación de Turismo, lo que implica aplicar la suspensión del uso turístico desde la fecha de esa resolución.
Una de ellas es presentar un recurso de alzada ante la Consejería de Turismo. Si se opta por emprender ese procedimiento, «se puede pedir la suspensión» de la cancelación del piso turístico. No obstante, es «la propia consejería, no la delegación provincial, la que decide si se suspende esa cancelación mientras se tramita el recurso», han matizado las fuentes.
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La otra vía es acudir a los tribunales y poner en marcha un recurso en los juzgados de lo contencioso. En ese caso, según han aclarado desde la Junta, el interesado puede solicitar la suspensión de la cancelación del alquiler vacacional, pero «lo tiene que admitir expresamente el juez» que esté al frente de la tramitación de esa demanda.
En cualquier caso, al tratarse de un proceso novedoso, la práctica dirá si finalmente los propietarios de los pisos turísticos logran escapar de la medida adoptada por el Ayuntamiento de la capital para limitarlos, que se aplica con efecto retroactivo desde el pasado 22 de febrero, cuando entró en vigor el decreto de la Junta que avala la acción de los municipios andaluces para limitar los pisos turísticos mediante fórmulas urbanísticas. Algunos de los abogados que les están asesorando sostienen que la instrucción aprobada en junio por Urbanismo no es una norma de obligado cumplimiento para los ciudadanos, sino que se trata de una circular interna sin capacidad normativa.
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En ese sentido, algunos letrados han recordado que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que ha señalado que las instrucciones no tienen naturaleza reglamentaria y solo tienen eficacia interna, como un modo de aclarar a los funcionarios la interpretación o ejecución de una determinada norma.
Por ello, consideran que si el Ayuntamiento quiere limitar la proliferación de pisos turísticos en la ciudad, lo que tiene que hacer es aprobar y culminar el expediente que inició en 2022 para modificar el PGOU de forma que, dentro del concepto de vivienda, se haga una distinción entre las de estancia permanente o residencial habitual y las de estancia temporal o residencia transitoria, para incluir aquí las de uso turístico. De este modo, habría una base jurídica sólida para poder limitarlas por zonas de la ciudad, en función de su nivel de saturación, como pretende llevar a cabo la Gerencia de Urbanismo.
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No obstante, se trata de un camino que todavía puede tener varios años de recorrido a nivel administrativo hasta que esa modificación del PGOU sea aprobada y entre en vigor, de ahí que el Ayuntamiento haya optado por activar una instrucción que acalle las numerosas críticas que se le hacen por su inacción de los últimos años frente al aumento de los alquileres vacacionales.
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