El Banco Santander deberá recalcular los intereses de un préstamo con garantía hipotecaria concedido a una compradora malagueña, que adquirió un inmueble en el año 2009. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga –a la que ha tenido acceso SUR– establece que la entidad financiera fijó los tipos de interés mediante el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), cuando debería haber empleado el Euribor. Esta decisión judicial obligaría al banco a devolver una parte de lo pagado por la titular de la hipoteca, una cantidad que todavía no se ha calculado pero que podría superar los 20.000 euros.
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La sentencia ha sido recurrida al Tribunal Supremo por parte de la entidad financiera, según indica un portavoz del banco. Se trata de la última instancia posible, ya que el fallo de la Audiencia Provincial llega en segunda instancia, después de que el Juzgado de Primera Instancia Número 18 de Málaga diese la razón al Santander y denegase la demanda a la propietaria del inmueble.
El despacho malagueño Bernal & Iborra recurrió la decisión judicial original, argumentando que los firmantes de la hipoteca carecían del correcto asesoramiento en el momento de la firma, consiguiendo así que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Málaga condene al banco a restituir la parte pagada por encima de lo que establecería el Euribor como índice de los tipos de interés.
El tribunal refleja en la resolución judicial que la aplicación del IRPH es contraria a derecho, y recuerda que el Euribor es el más utilizado en el marco financiero europeo, lo que supone el principal argumento del fallo.
Desde el despacho de abogados a cargo de la demanda argumentaron en su apelación que el IRPH es un índice «claramente perjudicial» frente al Euribor y que grava las hipotecas con dos puntos porcentuales de media. Además, pidieron a la Audiencia Provincial que tuvieran en cuenta que el Euribor es un índice «más objetivo», porque se basa en el precio del dinero.
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El IRPH es, a ojo de los demandantes, un punto de partida «influenciable por los bancos», ya que son esas entidades las que aportan «los datos para que se elabore». «Si conceden más préstamos a un interés superior este se eleva; si conceden préstamos a un precio menor, disminuye», por lo que «en mayor o menor medida la entidad influye en el importe del índice». De hecho, en la apelación la parte demandante se hacía referencia a «numerosas sentencias» que han determinado la imparcialidad del IRPH frente al Euribor, ya que se trata de un índice «desvinculado del precio del dinero».
Se calcula que hay unos 20.000 malagueños cuyas hipotecas están atadas a este Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, y durante el pasado mes de mayo, la Audiencia Provincial fijó un criterio que ahora se ve reflejado en esta sentencia: se considerará nulo si el cliente no estaba correctamente informado. Se estima que el sobrecoste medio de los clientes que tienen su préstamo ligado al IRPH es de 25.000 euros en intereses con respecto al Euribor.
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