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Jueves, 2 de mayo 2024, 10:18
La agencia inmobiliaria Homewatch ha interpuesto una demanda de juicio ordinario contra la Comunidad de Propietarios Vicario Tercera Fase, situada en Ojén, con el objetivo de anular la decisión que «unilateralmente» tomó la presidencia de dicha comunidad de prohibir el uso de sus apartamentos como ... viviendas turísticas.
Según los demandantes -Vivienne Thoennessen y José Carlos O'Donnell, dueños de la citada empresa- en la Junta General Extraordinaria del 15 de diciembre de 2023 se impuso «arbitrariamente y sin previo aviso la prohibición de explotar los apartamentos con fines turísticos, basándose en una interpretación sesgada de una sentencia del Tribunal Supremo y en contravención de los estatutos de la comunidad».
El acta de la junta y la decisión han sido impugnadas por los afectados, quienes alegan que no se les permitió votar sobre el tema. Los demandantes señalan que, desde la compra de la vivienda en 2016, han venido ejerciendo el arrendamiento turístico en ámbito rural sin que antes se les haya prohibido esta actividad.
El letrado Antonio Jurado, que representa a los demandantes, ha argumentado que el acuerdo adoptado en la junta es nulo de pleno derecho y contrario al artículo 15 de los Estatutos de la Comunidad. Según Jurado Jiménez, los estatutos no prohíben específicamente el uso de viviendas para el arrendamiento turístico, sino los usos exclusivos como oficina, comercio o industria.
Para la CEO y cofundadora de Homewatch, Vivienne Thoennessen, la comunidad realizó «una interpretación muy subjetiva» de los estatutos de forma unilateral: «Se está imponiendo esa norma, aplicando una jurisprudencia con muchos aspectos que no tienen nada que ver con el caso que estamos tratando», defiende. «Después de varios años alquilando sin problema, estando dado de alta y con conocimiento pleno de toda la comunidad, no puedes decir de repente que está prohibido según los estatutos sin una votación a favor de tres quintas partes de los propietarios», asegura Thoenessen, que incide en que están «reinterpretando a posteriori» la naturaleza del reglamento interno.
Desde su perspectiva, es «totalmente entendible» la prohibición existente de tener actividad comercial en las comunidades, porque «supone que decenas de personas no identificadas tengan acceso diario a las zonas comunitarias». Pero esa restricción, apunta Thoenessen, no aplica en este caso: «Nosotros tenemos los pasaportes de las personas que se alojan y hay una ley detrás para dar total seguridad». «No tiene sentido que estén prohibidos los alojamientos vacacionales en una comunidad porque ya están prohibidas las tiendas de ropa. No tiene ni pies ni cabeza», concluye.
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