Las personas que actualmente sean beneficiarias del subsidio por desempleo para mayores de 52 años y quieran mantener ese derecho tienen que justificar cada año que sus ingresos no supera el umbral determinado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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Hasta ahora, estos perceptores ... del subsidio para mayores de 52 años podían seguir cobrando su cuantía mensual (480 euros, actualizado a 2023) siempre que acreditaran anualmente en una declaración de rentas que sus ingresos no superaban ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 750 euros.
Lo que se cobra en este subsidio no depende directamente del SMI, sino del IPREM (índice de referencia para calcular la revalorización de ayudas y prestaciones), que este año al subir ha permitido un aumento también de la cuantía que cobran los perceptores del subsidio para mayores de 52 años (de 463 a 480 euros).
Lo que sí depende del SMI es la referencia para poder cobrar una ayuda, ya que no se pueden superar unos determinados ingresos. El tope máximo que se permiten en las ayudas por desempleo está regulado por ley (art. 275 de la Ley General de la Seguridad Social) y se fija en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para este cálculo se toman 12 mensualidades del Salario Mínimo y no las 14 de todo el año).
Así pues, con la subida de un 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) aprobada por el Gobierno este pasado martes y situarse en lo 1.080 euros mensuales con carácter retroactivo desde el 1 de enero, el 75% del SMI aumenta en 60 euros, pasando de los 750 euros mensuales a los 810. Por tanto, todos los ingresos que el perceptor tenga por debajo de esa cantidad le permitirán (siempre y cuando cumpla con el resto de requisitos) seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años, cuya principal peculiaridad es que puede hacerse hasta la edad legal de jubilación o hasta que el perceptor encuentra un empleo.
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