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¿Qué ocurre con el subsidio para mayores de 52 años cuando se alcanzan los 65?

¿Qué ocurre con el subsidio para mayores de 52 años cuando se alcanzan los 65?

Este año es posible jubilarse a los 65 años si se acreditan 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado

Martes, 7 de febrero 2023, 21:58

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) que el desempleado puede cobrar hasta que la edad legal de jubilación, siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos. Va dirigida a aquellas personas que han agotado el paro o el subsidio por desempleo y se encuentran en una situación de especial dificultad para reincorporarse al mercado laboral. Por eso, sus perceptores pueden optar a esta ayuda hasta que se jubilen (momento en que pasarán a cobrar la pensión correspondiente), o bien, logren un nuevo contrato de trabajo.

Actualmente, la edad ordinaria de jubilación es progresiva desde la aprobación de la ley 27/2011, de forma que ha ido aumentando desde los 65 años en 2013 a los 67 con la que los españoles se jubilarán en 2027.

La edad de jubilación en 2023 es a los 66 años y 4 meses cuando se disponga de menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, en caso de acreditar 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, es posible jubilarse con 65 años. ¿Qué ocurre entonces? ¿Están obligados los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años a aceptar la jubilación y pasar a cobrar la pensión?

Con la normativa anterior, en vigor hasta el 12 de marzo de 2019, un desempleado que estuviera cobrando este subsidio estaba obligado a aceptar su jubilación anticipada si legalmente cumplía los requisitos para ello, con lo que perdía derechos a jubilarse antes de la edad ordinaria. Sin embargo, eso ha cambiado, tal y como recoge el nuevo artículo 277.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): «(…) hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación».

Antes de la modificación de la norma, la duración del subsidio se extendía hasta que el trabajador cumplía la edad de jubilación «en cualquiera de sus modalidades», y una de ellas era la jubilación anticipada, de forma que cuando reunía las condiciones para jubilarse anticipadamente, tenía que acogerse a ella y dejar de cobrar el subsidio.

Ahora ya no es así: el perceptor de este subsidio puede elegir si sigue cobrándolo hasta la edad legal de jubilación o jubilarse anticipadamente (la jubilación anticipada puede adelantarse dos o cuatro años con respecto a la ordinaria en función de si es voluntaria o forzosa y siempre cuando se cumplan una serie de requisitos). No obstante, desde el SEPE advierten a los beneficiarios del subsidio de mayores de 52 años que, una vez cumplida la edad de jubilación, si no pueden jubilarse tienen que aportar el documento del INSS con la fecha de jubilación real para poder ampliar la duración del subsidio

Por otra parte, para acceder al subsidio para mayores de 52 años, además de la edad, estar desempleado y cumplir con el mínimo de años de cotización, el interesado debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agota la prestación que se estaba percibiendo; debe cumplir el compromiso de actividad que está incluido en la solicitud, y cumplir con el requisito de carencia de rentas propias. Para esto último, los ingresos mensuales no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 810 euros (actualizado después de la subida aprobada por el Gobierno este mes).

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