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SEPE: Esta es la cotización mínima necesaria para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

SEPE: Esta es la cotización mínima necesaria para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Los solicitantes tienen que tener un mínimo de seis años cotizados en el Régimen General

Lunes, 23 de enero 2023, 12:27

El subsidio para mayores de 52 años, que es una ayuda que pueden solicitar los desempleados una vez hayan cumplido esa edad y hayan agotado el paro o el subsidio por desempleo, puede extenderse hasta la edad legal de jubilación si no encuentran un trabajo antes.

Dada la delicada situación laboral en la que quedan estas personas (con mayores dificultades para acceder al mercado laboral por su edad), esta prestación cuenta con una ventaja con respecto al resto. De hecho, es el único subsidio que tiene esa peculiaridad: cotiza para la jubilación. En concreto, lo hace el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año.

La base mínima de cotización en 2023 es la misma que el pasado año y se mantiene en los 1.166,70 euros, de forma que el 125% de la base de cotización serían 1.458,37 euros mensuales. Sobre esta cantidad se aplicará la cotización por contingencia común, que es de un 28,3%, que se asume por parte del SEPE en el momento del abono del subsidio para mayores de 52 años. No obstante, si se aprobase una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) conllevaría un aumento de las bases mínimas de cotización, ya que la Ley 31/2022 establece que éstas subirán en el mismo porcentaje en que aumente el SMI.

Pero no todos los desempleados con esa edad tienen derecho a él. Solo aquellos que a lo largo de su vida laboral ya han acumulado las cotizaciones suficientes para recibir una pensión contributiva de jubilación, pero que aún no pueden cobrarla porque no han alcanzado la edad legal de jubilación.

Actualmente, para acceder a una prestación contributiva de jubilación (y por tanto estar en el supuesto de solicitar este subsidio) hay que tener al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social (cuenta ajena, autónomos o empleados de hogar), dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años. Es decir, una trabajadora que tenga 16 años cotizados, pero en los últimos 22 no ha trabajado ni cotizado, no cumpliría el requisito, ya que no tiene dos años cotizados para la jubilación en el periodo de 15 años anterior al momento de pedir el subsidio.

Por otra parte, es necesario tener un mínimo de seis años cotizados en el Régimen General. Es decir, en el periodo mínimo de 15 años cotizados que el SEPE exige, la normativa actual requiere tener al menos seis años de cotizaciones por desempleo en el Régimen General. Eso significa que una persona que haya trabajado 35 años como autónomo, y solo como autónomo, tendrá derecho a su jubilación cuando alcance la edad legal, pero no podrá solicitar este subsidio para mayores de 52 años si quedase desempleado, ya que no tiene los seis años cotizados en el Régimen General obligatorios para acceder a él.

Actualmente y tras la subida del IPREM, que determina la cuantía de algunas ayudas (entre ellas el subsidio para mayores de 52 años), sus perceptores cobran 480 euros mensuales.

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