El Servicio Público de Empleo (SEPE) contempla una serie de subsidios una vez agotada la prestación contributiva por desempleo. Algunas de esta ayudas solo tienen en cuenta el requisito de carencia de rentas propio (solo lo que ingresa el solicitante), pero otras contemplan también las ... de toda la unidad familiar. En este último grupo se encuentran la ayuda familiar, el subsidio por cotización insuficiente con responsabilidades familiares, la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Publicidad
En este grupo de ayudas hay que cumplir un doble requisito: por un lado, quien solicita la ayuda no puede tener rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, sus ingresos no pueden superar los 712,50 euros al mes. Y por otro lado, la suma de los ingresos de la unidad familiar, dividida entre el número total de miembros, no puede superar tampoco el tope de los 712,50 euros mensuales.
A los efectos del subsidio por desempleo, tener responsabilidades familiares significa tener a cargo al cónyuge o a algún hijo por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años, o mayor con discapacidad, o personas menores acogidas si conviven o dependen económicamente del solicitante. «A los efectos del subsidio, la pareja de hecho no se considera integrante de la unidad familiar y, por tanto, no puede ser alegada por el solicitante como carga familiar«.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.