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La prestación contributiva por desempleo (el paro, tal y como se conoce popularmente) tiene como objetivo asistir a aquellas personas que han perdido su trabajo. Para tener derecho a ella, tal y como indica en su web el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es necesario haber cotizado a la Seguridad Social, al menos, durante 360 días en los últimos 6 años antes de su solicitud y que la pérdida del trabajo se haya producido de forma involuntaria. Por tanto, si no se ha trabajado nunca, no se podrá acceder a esta prestación.
Sin embargo, existen algunas situaciones en la que se puede solicitar un subsidio por desempleo aunque no se haya cotizado nunca a la Seguridad Social. Son las siguientes:
-Personas liberadas de prisión. En el caso de que el solicitante se haya visto sometido a una pena privativa de libertad de, al menos seis meses, podrá solicitarla siempre que se cumplan todos los requisitos para ello.
-Perder una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por mejoraría del estado de salud. Podrá pedir este subsidio por desempleo si estaba cobrando una pensión debido a una incapacidad y, al mejorar su situación, la perdió.
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-Emigrantes que regresan a España. Esta ayuda va dirigida a españoles que retornan a España y que han trabajado, al menos, un año en los últimos seis desde su última salida de España en países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, Unión Europea o Suiza.
Además, si no se ha trabajado nunca también se puede optar a una Renta Activa de Inserción (RAI), una prestación pensada para proporcionar al beneficiario los medios necesarios para que pueda volver a formar parte del mercado laboral.
Para recibir la Renta Activa de Inserción (RAI) debe encontrarse necesariamente en una de estas cuatro situaciones: Parados de larga duración mayores de 45 años; emigrantes retornados mayores de 45 años; víctimas de violencia de género o doméstica, o personas con discapacidad igual o superior al 33%.
En todas y cada una de las opciones hay que cumplir estos requisitos generales: ser menor de 65 años, no tener ingresos propios superiores a 750 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2022), que la unidad familiar no supere el tope de rentas (la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar: el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere 750 euros mensuales por miembro, y no haber sido beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores. Además, hay que aportar el certificado de Búsqueda Activa de Empleo (BAE), en los casos de solicitar la RAI por ser persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad. Este certificado es un documento que entrega el Servicio Autonómico de Empleo.
La RAI se puede cobrar durante 11 meses como máximo y se puede solicitar hasta tres veces. Se cobra el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), 463 euros al mes (importe ya actualizado para el año 2022). Normalmente el pago se hace el día 10 de cada mes.
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