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Seguridad Social: Aviso de las sanciones si no se comunica la actualización del salario de las empleadas de hogar

Seguridad Social: Aviso de las sanciones si no se comunica la actualización del salario de las empleadas de hogar

Las retribuciones no pueden ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente

Viernes, 12 de febrero 2021, 13:07

La campaña iniciada por la Inspección de Trabajo para que quienes tienen contratada a una empleada de hogar actualicen su salario va un paso más allá. No solo basta con hacerlo, hay que declararlo formalmente.

Desde la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) advierten ... de que esta actualización salarial se tiene que comunicar antes del 31 de marzo, con la información de la retribución real desde el 1 de enero de 2021 y, además, ese salario no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias. Esto sería, para una jornada completa, 950 euros al mes en 14 pagas (1.108,33 euros al mes con prorrateo de pagas extras), y para jornada por horas el mínimo sería 7,43 euros por hora. «Si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias. Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias (como alojamiento o manutención, por ejemplo) que constituyan el salario del empleado de hogar», precisan desde esta institución.

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