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Susana Zamora
Sábado, 5 de noviembre 2022, 16:44
El rescate de un plan de pensiones tiene consecuencias en el cobro de determinados subsidios extraordinarios por desempleo, aunque no en todos. Es el caso del subsidio para mayores de 52 años, en donde solo se tienen en cuenta las rentas del beneficiario, es decir, no importaría, por ejemplo, que la pareja rescatase su plan de pensiones.
Caso diferente sería el resto de ayudas, donde sí se tiene en cuenta la renta y los miembros de la unidad familiar, tanto si la persona desempleada tiene a su cargo cónyuge o hijos menores de 26 años. En estos casos sí se considerarían los ingresos de la unidad familiar, porque la percepción de esos subsidios requiere tener cargas familiares.
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Cuando se está percibiendo el subsidio no contributivo de desempleo (no confundir con el paro, que es una prestación contributiva), es necesario cumplir en todo momento con el requisito de carencia de rentas. El límite se encuentra en el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), lo cual implica no tener rentas mensuales superiores a 712,5 euros.
En resumen, en caso de ser un subsidio para mayores de 52 años no le va a afectar, pero en el resto, sí. Así pues, aclaran desde el SEPE que, ante un rescate del plan de pensiones, el afectado debe tener en cuenta que el capital invertido en el mismo no computa a efectos del subsidio mientras no sea rescatado. Únicamente tendrá que comunicar al SEPE el rescate de ese plan de pensiones.
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En este caso, el SEPE no tomará de referencia el importe de ese plan de pensiones rescatado y lo dividirá entre todos los meses del año para ver el nivel de renta. «Según ha establecido el Tribunal de Cuentas en varias sentencias, el SEPE solo puede coger lo que le ha producido o generado ese plan de pensiones. Por tanto, las aportaciones que ha ido haciendo, no influirán».
Insisten en que solo se tendrá en consideración para establecer el nivel de rentas si el interesado ha tenido beneficios con el plan de pensiones. Desde el SEPE subrayan la importancia de comunicar ese rescate, tanto si es del propio interesado o si es de cualquier miembro de la unidad familiar, para ver cuánto le ha generado el plan de pensiones y contabilizarlo a nivel de rentas. Si no excede las rentas (el 75% del SMI) seguirá cobrando con normalidad su subsidio. Si excede, se suspenderá el cobro y podrá reanudarlo cuando se hayan repartido esas cuantías a lo largo del año y deje de superar la renta mínima para hacerlo.
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