Los más de 3,5 millones de empleados públicos que hay en España se llevarán una alegría en su nómina de febrero, cuando recibirán un extra de más de 200 euros. El Ministerio de Hacienda publicó este jueves una resolución en el Boletín Oficial del ... Estado (BOE) en la que dicta las instrucciones oportunas para que las Administraciones Públicas ejecuten este mes la subida salarial del 0,5% adicional aprobada el pasado martes en el Consejo de Ministros tras confirmarse la buena marcha de la economía, que terminó 2023 mejor de lo esperado.
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Así se pactó con los sindicatos en el último acuerdo firmado en la Mesa General de las Administraciones Públicas y así lo ha cumplido el Gobierno, que tendrá que pagar además los atrasos a los funcionarios, puesto que esta nueva subida se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023 y se consolida para 2024. «Deberá hacerse efectivo en la nómina del presente mes de febrero, abonándose como atrasos los importes correspondientes desde el mes de enero de 2023», explica Hacienda.
Este nuevo alza del 0,5%, que se suma al 3% que ya se había elevado el salario al personal público, supone una media de 180 euros más al año, unos 13 euros más al mes, según cálculos del ministerio. Así, para compensar los atrasos, los empleados públicos tendrán una paguilla de unos 205 euros de media a final de febrero, que ocasionará un gasto extra al Estado de 818 millones.
Para facilitar la confección de las nóminas de los altos cargos, personal directivo y demás personal del sector público estatal para el que la ley autoriza de forma directa la aplicación de este aumento adicional, Hacienda establece que esa subida adicional del 0,5% se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023 y se abonará en la nómina del mes de febrero de 2024, salvo que no se disponga de todos los elementos formales necesarios o no pueda efectuarse por motivos técnicos, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.
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La liquidación de atrasos se practicará en los mismos plazos y condiciones señalados anteriormente al personal laboral cuyo convenio colectivo establezca la forma en la que debe aplicarse el incremento previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y al personal laboral no acogido a convenio.
Aunque las instrucciones de esta resolución conciernen a los empleados públicos del sector público estatal, esta subida adicional la recibirán también el personal de las comunidades autónomas y corporaciones locales, que deberán hacer lo mismo.
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