A lo largo del año 2024 cerca de un millón de jóvenes han cotizado por primera vez, aunque sean días sueltos, a la Seguridad Social pese a no haber recibido ningún salario por ese trabajo. Son los alumnos que han realizado prácticas formativas no remuneradas ... en las empresas privadas o en alguna administración pública, entidades que ahora están obligadas a darles de alta en el sistema con la entrada en vigor de la nueva ley.
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Concretamente, fueron un total de 944.547 jóvenes que, aunque no hayan cobrado un salario por ello, sí han generado derechos de cara a su futura pensión, con lo que estos días ya se les reconoce como cotizados y podrán jubilarse antes, según datos publicados ayer por el Ministerio de Seguridad Social.
Hasta ahora solo existía la obligación de dar de alta a los alumnos que llevaban a cabo prácticas remuneradas, medida puesta en marcha en 2011, pero desde comienzos de 2024 este requisito se extendió a todos, también a los que no cobran por ello. No obstante, sus cuotas están bonificadas y las empresas cuentan con una reducción que alcanza el 95% en la cotización por contingencias comunes.
Si se suman a los cerca de 250.000 becarios cuyas prácticas sí han recibido recompensa económica, el número total de estudiantes en prácticas que han cotizado a lo largo de 2024 roza los 1,2 millones. Sin embargo, este grupo de estudiantes no engorda los datos de afiliación; es decir, no están contabilizados en los 21,3 millones de afiliados a la Seguridad Social con los que terminó el año.
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La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, aplaudió este nuevo derecho. «Supone una extensión de derechos para los más jóvenes, fundamentalmente. Son el futuro del sistema y deben formar parte de él desde el inicio de su carrera laboral. Durante sus prácticas formativas disponen de una cobertura social, de protección frente a enfermedades o accidentes laborales, a la vez que generan derechos para la percepción de futuras prestaciones como la jubilación», explicó.
Además de beneficiarles para su jubilación futura, estos jóvenes están ahora más protegidos; por ejemplo, en caso de accidente. Con su alta, quedan comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social y, como tal, tienen sus mismos derechos, salvo la protección por desempleo, la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Los que realizan prácticas no remuneradas quedan también excluidos de la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
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