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Una baja laboral por incapacidad temporal es reconocida a un trabajador cuando no puede desarrollar su profesión debido a alguna lesión o enfermedad. Es el médico de cabecera, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua, en función del origen de la contingencia, los que hacen seguimiento de su evolución.
En los casos de incapacidad temporal, la baja médica tiene una caducidad que está en función de la mejoría del trabajador. Es decir, cuando éste recibe el alta médica debe volver con total normalidad a su puesto de trabajo.
Pero puede darse la situación de que el trabajador se sienta recuperado y quiera solicitar una revisión médica de la prórroga de incapacidad temporal por mejoría. Pues bien, para hacer este trámite existe un nuevo servicio que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha incorporado a su plataforma de trámites sin certificado digital.
A través del mismo es posible una revisión de la situación de incapacidad temporal en aquellos supuestos en los que el INSS haya emitido una resolución de prórroga de esta incapacidad y el trabajador considere que ha recuperado su capacidad laboral antes de la fecha prevista de revisión, para lo que deberá enviar el correspondiente informe médico.
Para acceder a esta nueva funcionalidad, es necesario entrar en el portal para trámites sin certificado digital del INSS, disponible en este enlace, y seleccionar la pestaña 'Incapacidad temporal' en el listado de trámites que hay en la portada.
Además de esta gestión, en este portal se pueden tramitar de forma telemática otros trámites relacionados con prestaciones de la Seguridad Social (solicitudes,variación de datos, presentación de alguna declaración, etcétera).
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