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Hace unos días se hizo viral un vídeo en el que un usuario pesaba en su casa distintos productos que había comprado en el supermercado. Las imágenes mostraban importantes variaciones (siempre a la baja) entre el peso marcado en las etiquetas y las cantidades que ... ofrecía la báscula doméstica. Más allá de la veracidad de la publicación que corrió de pantalla en pantalla por las redes sociales, el asunto puso de nuevo sobre la mesa la normativa aplicable en estos casos.
Se trata del Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, que marca las normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y el control de su contenido efectivo. En este punto, conviene repasar un pequeño vocabulario para ver qué dice la norma:
Cantidad nominal: la cantidad (de masa o volumen) que marca la etiqueta del producto.
Contenido efectivo: la cantidad real que contiene el envase. Cabe matizar que esa medición debe realizarse a una temperatura de 20 grados, salvo en el caso de los productos congelados y ultracongelados.
Error por defecto: la diferencia a la baja que hay entre el contenido efectivo y la cantidad nominal.
Error máximo por defecto tolerado: la diferencia máxima que puede haber entre el peso real y lo marcado en la etiqueta.
A partir de estos criterios, el Real Decreto fija una tabla en la que se establecen las diferencias máximas permitidas entre el peso real y el que aparece en el envase. La norma permite una desviación de hasta 15 gramos para un artículo que marque un kilo o de 15 mililitros cuando el envase indique un litro. Esas serían las diferencias máximas permitidas por la ley; es decir, un kilo de carne puede pesar, en realidad, hasta 985 gramos. Ante esta situación, las asociaciones de consumidores como la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y Facua animan a los usuarios a mantenerse vigilantes, si bien ofrecen varios matices antes de emprender posibles reclamaciones.
Errores máximos por defecto tolerados
Algunos ejemplos:
125 g de yogur
Hasta 119,4 gr
500 mg de batido
Hasta 485 mg
Un kilo de pollo
Hasta 985 gr
Fuente: BOE
A.m.c.
Errores máximos por defecto tolerados
Algunos ejemplos:
125 g de yogur
Hasta 119,4 gr
Hasta 485 mg
500 mg de batido
Un kilo de pollo
985 gr
Fuente: BOE
a.m.c
Errores máximos por defecto tolerados
Algunos ejemplos:
125 g de yogur
119,4 gr
485 mg
500 mg de batido
Un kilo de pollo
985 gr
Fuente: BOE
A.M.C.
La OCU, por ejemplo, recuerda que el peso de nuestra casa puede haber perdido precisión con el uso y el paso del tiempo. «Los de las industrias y tiendas tienen obligación de pasar unos controles de mantenimiento, al igual que los de los laboratorios donde realizamos nuestros análisis, sometidos a rigurosos controles de exactitud», ofrecen desde la organización. Además, la OCU recuerda que para medir con exactitud la totalidad del contenido de un envase no se debe vaciar el mismo y pesar el producto. «Lo más exacto -explican- y, como se hace en un laboratorio, es pesarlo lleno y cerrado. Posteriormente el envase se vacía, se lava y se seca. Se realiza de esta manera, porque algunos productos son difíciles de rebañar».
«En los estudios de OCU nuestros especialistas comprueban el peso de los productos. Con cierta frecuencia nos encontramos pesos inferiores al anunciado, pero prácticamente nunca hemos detectado un peso que superara los límites legislados, que por otro lado son bien generosos dada la exactitud de la maquinaria de envasado industrial que se usa en la actualidad», ofrecen desde la organización de consumidores.
Además, la polémica en torno a las variaciones entre el peso real y el de venta de algunos alimentos ha traído de nuevo a la palestra la controversia recurrente sobre la diferencia entre el volumen y el contenido de artículos como las patatas fritas o los cereales. Y sobre ese frente también ofrecen desde la OCU: «En estos casos, las bolsas están hinchadas de aire debido a una razón práctica: proteger el producto para evitar que se rompa, por lo que se realiza en productos frágiles, tales como los copos de cereales o las patatas fritas».
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