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La paga extra no llegará a los beneficiarios del Ingreso Mínimo vital

La paga extra no llegará a los beneficiarios del Ingreso Mínimo vital

Esta prestación no contributiva, dirigida a personas en situación de vulnerabilidad, se abona en 12 mensualidades

Miércoles, 9 de noviembre 2022, 13:23

Hace algo más de dos años que el Gobierno aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza que las personas más vulnerables y sin recursos acaben en riesgo de pobreza y exclusión social. Sin embargo, esta prestación no tiene paga extraordinaria, ni de Navidad ni de verano: se abona en 12 mensualidades siempre que se reúnan los requisitos exigidos para ser beneficiario y no en 14, como en el caso de las pensiones de jubilación. Así viene recogido en el artículo 10.2.a del Real Decreto ley 20/2020: «En el caso de una persona beneficiaria individual, la cuantía mensual de renta garantizada ascenderá al 100 por ciento del importe anual de las pensiones no contributivas fijada anualmente en la ley de presupuestos generales del estado, dividido por doce«.

De lo que sí disfrutará esta prestación a partir de enero es de una revalorización (así se contempla ya en los Presupuestos Generales del Estado) gracias al incremento de un 3,6% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Pasará así de los 579,02 euros mensuales actuales a los 600 euros en 14 pagas (8.400 euros anuales), lo que supondrá una subida de las cuantías que ahora se cobran en algunas prestaciones y elevará el umbral de ingresos para acceder a otras ayudas.

De acuerdo al anuncio de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el incremento del IMV será «en los mismos términos que las pensiones». Eso significa que si las previsiones del Gobierno se cumplen, esta ayuda va a subir en torno a un 8,5% cara al próximo año.

Asimismo, el pasado mes de junio, el Gobierno ya aprobó otro incremento del 15% del IMV y de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez para paliar los efectos que está teniendo el encarecimiento de los precios en los hogares más vulnerables como consecuencia de la guerra de Ucrania. La medida, que será «transitoria», está en vigor desde el pasado 1 de julio y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de este año.

En el caso del Ingreso Mínimo Vital, el incremento atiende al conjunto de la nómina, es decir, incluyendo el complemento mensual de ayuda a la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia (en la fecha de la solicitud), en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio y con arreglo a los siguientes tramos: menores de tres años, 100 euros; mayores de tres años y menores de seis años, 70 euros, y mayores de seis años y menores de 18 años, 50 euros.

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