La jubilación es el horizonte al que aspiran a llegar los trabajadores, ya sean por cuenta ajena o propia. Sin embargo, a estos últimos la pensión que les quedará puede ser muy diferente en función de la base por la que hayan cotizado. Así, de ... los 6,2 millones de jubilados que hay en España, 1,3 proceden del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomo (RETA). Su pensión media está por debajo de la media y de los trabajadores de otros regímenes de la Seguridad Social, dado que una gran parte de estos profesionales cotizan en buena parte de su carrera por la base mínima.
Publicidad
No existe una única explicación para el gran número de trabajadores autónomos que optan por ello, pero dos podrían ser válidas, según los expertos: apostar por el corto plazo, de manera que cotizan menos con bases de cotización bajas a pesar de tener ingresos más altos, o la obtención de bajos ingresos que, por lo tanto, se ajustan a esa base mínima.
Los datos oficiales son claros: el 85,8% de los más de dos millones de trabajadores autónomos que son personas físicas cotizan por la base mínima, según las estadísticas del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Esto tiene sus consecuencias sobre la futura pensión de jubilación, dado que a menores cotizaciones, se realizan sobre esa base de cotización y si es de menor importe resultarán cotizaciones más bajas, se tendrá una menor base reguladora y, por lo tanto, el derecho a una pensión de jubilación más baja.
Así, la pensión media de los jubilados del régimen general superó los 1.400 euros mensuales a 1 de junio y la de los autónomos se quedó en bastante menos, en 834 euros mensuales.
Por todo esto resulta útil conocer cuál es la cuantía de la pensión de un trabajador autónomo que cotiza por la base mínima, un dato que puede resultar de interés para un trabajador que sólo perciba una pensión de jubilación procedente del RETA, lo que puede llevarle a intentar cotizar por mayores bases en el futuro, o a uno que, tras su participación en varios regímenes, consiga el cobro de dos pensiones de jubilación juntas.
Publicidad
Como sucede con el resto de los trabajadores, hay que tener en cuenta el método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social. Éste se elabora a partir de dos variables: la base reguladora del trabajador y el número de años trabajados. En primer lugar, hay que conseguir la cuantía de la base reguladora del trabajador autónomo, que será la suma de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases) divididas entre 350. Aunque se sumen las bases de cotización de todos estos años, la Seguridad Social aplicará coeficientes en las bases de todos los años salvo los dos anteriores a la solicitud de la jubilación para reflejar el efecto de la inflación en esas bases, una pequeña 'ayuda' para el autónomo.
Eso sí, el trabajador por cuenta propia no tendrá otra ayuda de la que sí disponen los trabajadores del régimen general: la integración de lagunas que permite rellenar los periodos sin cotizar con bases ficticias: la mínima en los primeros 48 meses y el 50% de la mínima desde el mes 49. Así, los periodos sin cotizar le penalizarán.
Publicidad
Los trabajadores autónomos que hayan cotizado por la base mínima tendrán bases reguladoras bastante alejadas de los mil euros. La base mínima en 2022 es de 960,6 euros, pero basta echar la vista atrás para ver que hace once años, en 2011, la base mínima era significativamente menor, de 748,2 euros. Y si la vista se echa atrás 25 años, en 1997 la base mínima fue de 106.440 pesetas, según el BOE, unos 639 euros mensuales.
Con todo, hay que prestar atención al total de años cotizados, porque de esa cifra dependerá el porcentaje de la base reguladora al que el autónomo tendrá derecho. Con 15 años de cotización, el mínimo exigido, se tiene derecho al 50% de la base reguladora. En el caso de los autónomos que cotizan por la mínima dejaría esta cantidad por debajo de la cuantía mínima de las pensiones, por lo que podría necesitar el complemento a mínimos para llegar a esa cifra.
Publicidad
A partir de esos 15 años, por cada uno de los siguientes 106 meses cotizados se le dará al trabajador un 0,21% extra de la base reguladora. Por cada uno de los siguientes 146 meses cotizados se concede al trabajador un 0,19% extra. Esto hará que con 36 años trabajados se obtenga el derecho al cobro del 100% de la base reguladora, es decir, el 100% de la pensión.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.