SUR
Jueves, 1 de diciembre 2022, 12:40
Llegan cambios importantes que afectan a las mujeres que optan a jubilarse de manera anticipada. El pasado 26 de noviembre el BOE publicó la Ley 24/2022 de 25 de noviembre de 2022, la cual reconoce el servicio social de la mujer en el acceso ... a la pensión de jubilación parcial. Tal y como informan desde la Seguridad Social, con esta modificación «se equipara a efectos de cotización el servicio social femenino con el servicio militar obligatorio y con la prestación sustitutoria». Se amplía así el texto normativo vigente hasta la fecha.
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En concreto, se modifica la letra d) del apartado 2 del artículo 215 y la letra f) del apartado 6 de la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre y que indica que se debe «acreditar un periodo de cotización de treinta y tres años en la fecha del hecho causante de la jubilación parcial», sin tener en cuenta las pagas extraordinarias. A ello añade que «solo se computará el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, o del servicio social femenino obligatorio, con el límite máximo de un año». En el caso de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, el periodo de cotización será de veinticinco años en vez de treinta y tres.
Como reconocen desde el Congreso de los Diputados con esta modificación de la Ley General de Seguridad Social, se pretende acabar con la «brecha de género en materia de pensiones y avanzar en la igualdad de trato entre hombres y mujeres».
El Gobierno, prevé que en 2023, de acuerdo con el IPC, las pensiones se revaloricen en un 8,5%, teniendo en cuenta la media interanual. De ser así, se espera que las pensiones de jubilación, viudedad, orfandad e incapacidad experimenten una revisión al alza. Debido a la alta inflación aquellas personas que estén en los meses o años previos a cumplir la edad de jubilación ordinaria tendrán la oportunidad de jubilarse de forma anticipada sin sufrir una pérdida considerable del importe de su pensión o solo una pérdida moderada e, incluso, en algunos casos, mejorar su pensión. Para hacernos un cálculo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INNS) dispone de un simulador.
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