Son distintas las variables que pueden intervenir en el cálculo exacto de la pensión. Para que el interesado pueda hacerse una idea, la web de la Seguridad Social ofrece un simulador, pero también cabe la posibilidad de acudir a una delegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que en persona puedan orientarle. Entre esas variables, entran en juego a veces circunstancias ajenas al trabajador, como contratiempos legales, carrera de cotización insuficiente, edad o retiro adelantado.
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Pero entre aquellos trabajadores que voluntariamente solicitan la jubilación en el Instituto Nacional de la Seguridad Social deben atender al momento del año, ya que además de los años cotizados por el trabajador, también es necesario tener en cuenta la base reguladora y el IPC para calcular el importe final. Y es que un IPC alto puede suponer una mayor base reguladora, lo que favorece la cantidad a percibir por el pensionista. Según los expertos, la segunda mitad del año suele estar sujeta, en general, a un IPC más elevado, especialmente en meses como noviembre y diciembre, donde se dispara el consumo. Así, estas fechas pueden ser una buena opción para aquellos que quieran obtener una mejor base para su recién estrenada pensión.
En 2023, la edad legal de jubilación ordinaria se retrasa dos meses respecto a 2022. Así, el próximo año será a los 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones. En cambio, en caso de acumular 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, el interesado podrá jubilarse con 65 años.
Es posible jubilarse anticipadamente hasta dos años antes de la edad legal ordinaria en caso de jubilación anticipada voluntaria, y hasta cuatro años antes en caso de jubilación anticipada involuntaria.
Por lo tanto, el retraso en dos meses para 2023 de la edad ordinaria de jubilación, determinará que para jubilarse anticipadamente de forma voluntaria en ese año 2023 será necesario tener al menos una edad de 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, será posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 63 años en caso de disponer de un historial de cotización de 37 años y 9 meses o más.
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Asimismo, en 2023 será posible acceder jubilación anticipada involuntaria (o por causa no imputable al trabajador), a partir de los 62 años y 4 meses si se cuentan con menos de 37 años y 9 meses de cotización, o a partir de los 61 años si se acumulan esos 37 años y 9 meses o más de cotizaciones.
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