Secciones
Servicios
Destacamos
Hace algo más de dos años que el Gobierno aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza que las personas más vulnerables y sin recursos acaben en riesgo de pobreza y exclusión social. Pero, entre esas coberturas, ¿ ... está incluido el gasto farmacéutico?
Es una de las principales dudas que plantean los usuarios y que desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han querido responder desde su perfil oficial de Twitter: «No, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital se encuentran exentas de la aportación de los usuarios a la prestación farmacéutica ambulatoria».
Asimismo, explican que para beneficiarse de esta medida, que será extensible a los miembros que convivan con el beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, la medicación debe estar recetada por un médico. Será condición indispensable; aparte de esto, no será necesario ningún otro trámite para acceder a este derecho.
#Duda "Soy beneficiario del #IMV ¿tengo que pagar los medicamentos?
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) October 6, 2022
👉No, las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital se encuentran exentas de la aportación de los usuarios a la prestación farmacéutica ambulatoria.
Además de este colectivo, hay otros que también están exentos del gasto farmacéutico:
- Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
- Personas perceptoras de rentas de integración social.
- Persona perceptoras de pensiones no contributivas.
- Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
- Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
- Personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
- Los pensionistas de la Seguridad Social, cuya renta anual sea inferior a 5.635 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los que, en el caso de no estar obligados a presentar dicha declaración, perciban una renta anual inferior a 11.200 euros.
En la actualidad, tres de cada cuatro solicitudes del Ingreso Mínimo Vital en Málaga son rechazadas. Así, de los 72.431 expedientes tramitados en la provincia al cierre del pasado año, 65.966 fueron considerados válidos, pero solo 17.092 fueron aprobados finalmente, y el resto (48.874) denegados.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.