La subida de un 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aprobada por el Gobierno el pasado 31 de enero hasta situarlo en los 1.080 euros mensuales, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero. Esto significa que las empresas deberán modificar la nómina de ... este mes de febrero y abonar el aumento en la de enero. Beneficiará sobre todo a aquellos trabajadores que no tengan un convenio regulador, ya que al no tener acordado un salario, tomarán como referencia el SMI fijado por el Gobierno.
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Pero además del impacto directo en los sueldos de algo más de dos millones de trabajadores (según estimaciones sindicales), la subida del SMI repercutirá en la cuantía de las pensiones. Y es que a más SMI más recaudación por las cotizaciones sociales, ya que las bases mínimas de cotización aumentan en función del SMI al igual que las bases reguladoras de las prestaciones de la Seguridad Social. Estas bases se usan como baremo para calcular la cuantía de la pensión de jubilación, así como la de viudedad e incapacidad permanente. Si un trabajador cobra más, verá incrementadas sus bases de cotización de forma proporcional a esa subida salarial. Este aumento de las bases de cotización conlleva a su vez un incremento de la base reguladora y con ello la cuantía de su futura pensión.
Desde 2022, para calcular la pensión de jubilación, se toma como referencia las cotizaciones de los últimos 25 años o 300 meses. La suma de todas ellas se divide entre 350 y su resultado será la base reguladora, que se tendrá en cuenta para el cálculo de la pensión.
El pasado 31 de enero se publicó en el BOE la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023, con efectos desde el día 1 de enero de 2023. Ahí han quedado fijados los topes máximos y mínimos de las bases de cotización para el ejercicio 2023, que van desde los 4.495,50 euros mensuales de máximo al mínimo, que asciende al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
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